Estudio Dogmático Del Delito De Homicidio En Razón Del Parentesco
Enviado por perlispei • 6 de Febrero de 2015 • 450 Palabras (2 Páginas) • 413 Visitas
a) Determinar los presupuestos: sujeto activo y sujeto pasivo (de la conducta y del delito), objeto material y objeto jurídico.
Sujeto activo:
Es el ser humano (ofensor o agente) que realiza la conducta delictiva o participa en su ejecución. Debe actuar con voluntad y estar provisto de capacidad, es decir, ser imputable. En este tipo penal, se establece como una calidad específica respecto al sujeto activo el parentesco.
Sujeto pasivo:
Es la persona física sobre la que recae la acción, es el ofendido; es quien sufre la conducta delictiva por ser el titular del derecho transgredido. En este caso, sí se establece una calidad específica en el sujeto pasivo, que sólo puede ser una persona física y que guarde parentesco con el sujeto activo.
El objeto material:
Es la persona o cosa sobre la que recae el daño de la conducta delictiva. En este caso, la persona con parentesco.
El objeto jurídico:
Es el bien tutelado, protegido por la ley y que se ve afectado por la conducta delictiva. En este caso se ve afectado el bien jurídico de la vida.
b) Señalar si el delito es de acción u omisión (simple o comisión por omisión)
Según el jurista Jiménez de Asúa, la acción es una conducta del ser humano realizada de manera voluntaria y que va a producir un resultado.
La omisión, radica en una abstención de hacer, es una forma de conducta negativa. Dentro de la omisión, existe la omisión simple y la comisión por omisión; En la primera, Porte Petit señala que consiste en un no hacer, voluntario o culposo, violando una norma preceptiva, produciendo un resultado típico, en la segunda hay una doble violación de deberes, de obrar y de abstenerse, por lo que se transgrede una norma preceptiva y una prohibitiva.
En los delitos de resultado material será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenía el deber jurídico de evitarlo. En estos casos se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva, cuando se determine que el que omite impedirlo, tenía el deber jurídico de actuar para ello, derivado de una ley, de un contrato o de su propio actuar precedente.
c) Determinar si la acción u omisión es dolosa o culposa
Admite la forma dolosa y culposa de comisión, se trata de un delito penal básico.
d) Destacar el verbo núcleo del tipo.
Prive
Mencionar el nexo causal y la atribuilidad.
El nexo causal, es la relación que une a la conducta con el resultado obtenido por su realización; dicho nexo consiste en la necesidad de que una conducta determinada produzca un efecto que trascienda al mundo jurídico penal.
Tratandose del delito de homicidio, la voluntad
...