Etica.
Enviado por Noe3 • 10 de Agosto de 2013 • Informe • 2.325 Palabras (10 Páginas) • 283 Visitas
PRESENTACIÓN
El presente documento contiene el desarrollo del Trabajo académico del Curso de Ética y Deontología Forense.
Ha sido elaborado siguiendo los parámetros dados por el docente del curso, luego de una amplia investigación sobre los temas tratados en las tutorías virtuales.
En la primera parte se abordó la evolución histórica y filosófica de la Ética en la Sociedad.
Luego, inferimos las diferencias que existen entre ética y deontología forense, tomando como base las definiciones de la RAE y del CAL.
Hemos aplicado nuestros conocimientos para desarrollar un mapa conceptual sobre la función del abogado.
Abordamos el tema de la corrupción y su influencia en el desempeño de los operadores de justicia.
Finalmente, hicimos un análisis y una apreciación crítica sobre los últimos actos de corrupción conocidos a través de la prensa, no solo de los operadores de justicia, sino también de funcionarios del actual gobierno.
Por lo tanto, pongo a vuestra consideración, Señor Docente, este resultado de la aplicación de los conocimientos del curso.
Dra. Noemí Vizcardo Rozas
1. Investigue sobre la evolución de la ética en el mundo
Descripción y evolución
Si cada uno de los que portamos el TITULO DE ABOGADO nos empeñamos en cuidar de nuestro HONOR considerándolo como
la más preciada alhaja, luchando contra todo aquello que por vergonzoso reciba el desprecio de nuestra propia conciencia y aun contra la adversidad, podemos estar seguros de que nuestra profesión no dará más el triste espectáculo de ver quebrantada o destruida la unidad espiritual que constituye una de las bases más preciadas de su propia existencia; jamás contaremos con hombres que por falta de HONOR y de lealtad se olviden de los juramentos prestados y carezcan del valor suficiente para defender lo que representa para la sociedad.
Al decir que dentro de la Ética Profesional del Abogado en el ejercicio de la profesión, EL HONOR se ha perdido, por muchos malos representantes del derecho, lo decimos con apego a la verdad porque todavía hay Abogados que con tal de cumplir con su cliente, o lograr los fines que se proponen utilizan las maniobras más sucias y poco recomendables basándose en la frase: "EL FIN JUSTIFICA LOS MEDIOS", para hacer los procedimientos más cortos y obviar tiempo, como lo siguiente:
a) Amedrentar a la parte contraria para que pague.
b) Quitarle la parte contraria, por la vía de la fuerza, uno o varios bienes muebles sin mediar primeramente un juicio, a plena luz del día, y en la vía pública, negándose a devolvérselos, y dejando en estado de indefensión a este último.
c) Hacer emplazamientos ilegales en contubernio con Actuarios deshonestos.
d) Golpear o mandar golpear a la contraria para obtener lo que desean.
e) Hacer cobros excesivos fuera de todo razonamiento lógico, con ánimo implícito de lucro indebido.
f) Saltarse procedimientos en perjuicio de la gente contra la que litiga.
g) Presentación de testigos falsos.
h) Hacer gestiones puramente dilatorias que entorpezcan el normal desarrollo del procedimiento.
i) Aconsejar a sus clientes actos dolosos.
j) Causar perjuicios injustificados, aunque sea con pretexto de escrupulosa observancia de reglas legales.
j) Cohechar funcionarios públicos o auxiliares de la administración de la justicia;
k) Continuar con la nefasta práctica de "enganchar vehículos" en la diligencia de Notificación, Emplazamiento y Embargo, olvidándose del verdadero significado del término EMBARGAR, etc.
l) Cobrar "honorarios" sin resolver nada, quedándose los "clientes" en estado de indefensión y sin poder hacer nada para que "le devuelvan su dinero".
Cuántas veces nos hemos visto algunos de nosotros envueltos en alguno de los casos mencionados y/o hemos sido testigos de prácticas tan viciosas y muchas otras no está en nuestras manos intervenir y menos aún corregir.
Esto nos lleva a pensar que dentro de la legislación penal debería insertarse una modificación que castigue estas acciones de las que hablamos, que son tan bochornosas, en el Capítulo II del Título Noveno del Código Sustantivo en materia penal, vigente en nuestro Estado.
Tal situación, haría indefectiblemente volver o mejor dicho a devolver EL HONOR PERDIDO de la noble profesión de defender el derecho, la razón, la verdad y la justicia.
¿Y la ética del abogado en sí Que tan importante es?
Lo que es moralmente bien visto pero éticamente no hasta dónde puede llegar tu profesionalismo o tu ética para abandonar lo que crees por la obligación de cumplir con tu deber profesional o moralmente sería mejor visto el hecho de no tratar de defender y demostrar la inocencia de tu cliente usando la leyes o hechos que te favorezcan para ello sino abogar por una condena menor o “justa” para los delitos que el cometió que es lo bien visto hacer tu trabajo a costa del que sea o al saber.
La eficiencia del abogado se mide por su talento y por su moral. La creencia generalizada de que los buenos abogados son los listos o pillos es infortunada y falsa”. (Rafael Bielsa)
La ética profesional no es si no expresión de la ética general de la sociedad, la que a su vez traduce la naturaleza de las relaciones estructurales que crean las normas de conductas llámese derecho y moral.
La ética de la abogacía con mayor precisión corresponde a la naturaleza de las relaciones sociales porque, proviniendo del profesional cuyo instrumento de acción es el derecho, necesariamente participa de la sustancia ética que reposa en el fondo de toda norma jurídica y que, como ninguna otra, exhibe nítidamente la raíz estructural que la alimenta y la hace germinar.
Hablar de ética en la abogacía significa, entonces hundir el escápelo del estudio no solo en los caracteres del ordenamiento jurídico de la sociedad sino inclusive en la propia esencia de las relaciones socioeconómicas que generan la norma jurídica a la que sirve el abogado.
La abogacía es una profesión de medios y no de resultados.
Lo cual quiere decir que no puede asegurar los resultados exitosos, o anunciar que será el vencedor en el litigio, utilizando sus conocimientos jurídicos y estudios actualizados para el desempeño de su oficio, es decir, se basara en todos los medios lícitos necesarios y posibles para su logro.
El abogado en ningún caso, podrá asegurar a su patrocinado que
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