Evolucion Legislativa E Institucional Del Turismo
Enviado por alef09 • 7 de Junio de 2014 • 893 Palabras (4 Páginas) • 296 Visitas
Evolución histórica legislativa e institucional del derecho del turismo en Venezuela.
En la constitución de 1961 solo se expresaba como tal al turismo en el artículo 30 el cual expresaba: “Es de la competencia municipal el gobierno y administración de los intereses peculiares de la entidad, en particular cuanto tenga relación con sus bienes e ingresos y con las materias propias de la vida local, tales como urbanismo, abastos, circulación, cultura, salubridad, asistencia social, institutos populares de crédito, turismo y policía municipal. La ley podrá atribuir a los Municipios competencia exclusiva en determinadas materias, así como imponerles un mínimo obligatorio de servicios.”
En el año 1999 con la nueva constitución bolivariana de Venezuela se le otorga formalmente al poder público nacional la potestad de crear políticas y legislar en materia de turismo, así mismo lo expresa el Articulo 156 de esta la constitución vigente en su numeral 23 el cual expresa lo siguiente: “Las políticas nacionales y la legislación en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio.”
Estudiando todo esto podemos entender de donde nace la iniciativa de la creación del decreto con rango valor y fuerza de ley orgánica de turismo publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 37.076, de fecha 13 de noviembre de 2001.
La Ley Orgánica de Turismo constituye un conjunto de normas que regulan la actividad turística, que son prioritarias para el país en su estrategia de diversificación y desarrollo sustentable y donde el estado dictara las medidas que garanticen su desarrollo tal como lo establece el artículo 310 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
El turismo es de gran importancia para un país, y por este motivo en el artículo 1 de la Ley orgánica del turismo publicada en Gaceta Oficial N° 37.332 de fecha 26 de noviembre de 2001 nos señala en uno de sus párrafos “La actividad turística se declara de utilidad pública y de interés general, y sometida a las disposiciones de este Decreto Ley las cuales tienen carácter de orden público.”
El 21 de enero de 2005 Se realiza una disposición derogatoria en la cual “Se deroga el Decreto Nº 1.534 con Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.332 del 26 de noviembre de 2001.”
El 15 de abril de 2008 fue promulgado en Gaceta oficial el Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica De Turismo, Decreto Nº 5.999, El cual tiene por objeto “promover, organizar y regular la actividad turística, la organización y funcionamiento del Sistema Turístico Nacional, como factor estratégico de diversificación socioeconómica y desarrollo sustentable y sostenible del país, mediante la creación de normas que garanticen la orientación, fomento, desarrollo, coordinación y control de la actividad, estableciendo los mecanismos de concertación, cooperación,
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