Examen domiciliario DDHH y Garantias UBA 2015
Enviado por anto1708 • 15 de Julio de 2016 • Examen • 1.131 Palabras (5 Páginas) • 491 Visitas
Examen domiciliario
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Materia: Derechos Humanos y Garantías.
Cátedra: Travieso Thea.
Alumna: Passiotti Antonella.
Comisión: 6465
Cuatrimestre: 2do de 2015
Fecha de entrega: 19/11/2015
Consigna:
Escriba un ensayo sobre alguno de los siguientes temas. Su trabajo no deberá exceder las 5 (cinco) carillas, y deberá demostrar la lectura y comprensión del material del Curso relacionado con el tema elegido.
TEMA 1: LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y REGULACIÓN ESTATAL
En una columna de opinión publicada en el diario La Nación, firmada por un abogado representante de ADEPA, con motivo de la sentencia de la CSJN en autos Grupo Clarín y otros c. Poder Ejecutivo Nacional (29/10/2013), se afirmó que:
Aspirar a que las autoridades de turno distribuyan democráticamente las cuotas de participación en el debate es olvidar que si bien el mercado puede producir información insuficiente, el sistema político tiende, aun con mayor fuerza, a regular en exceso la información. No alcanza, para eso, con pretender distinguir, como lo hace la Corte, entre dimensiones individuales y colectivas de la libertad de expresión, afirmando que en la primera se admiten restricciones estatales mínimas, mientras en la segunda la regulación puede ser mayor. En ambos casos esas restricciones recaen sobre individuos y sus alcances son incompatibles entre sí. O se opta por una regulación mínima o se permite una regulación amplia, pero la regulación será siempre una.
Que la lucha no quede en la nada…
Hace aproximadamente dos años atrás, un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaraba la constitucionalidad a la ley de servicios de comunicación audiovisual suscitando controversias y opiniones encontradas sobre el derecho a la “libertad de expresión”con todo lo que implica su importancia y alcance .
¿Qué función debe cumplir el estado?, ¿Debe regular o restringir la libertad de expresión?, acaso ¿Puede el estado atribuirse la facultad de regular?; si la respuesta es un sí ¿En que sentido puede atribuirse esa facultad?
La Corte y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos sostienen que a la hora de evaluar las acciones respecto al derecho a la libertad de expresión puede hacerse en distintos sentidos, entonces: ¿Existen dos dimensiones para la libertad de expresión? ¿Una individual y una colectiva?, ¿Porque decimos que es individual y porque colectiva?, ¿Deben regularse de la misma manera?
En el fallo “Grupo Clarín y Otros c/ Poder Ejecutivo Nacional, se desarrolla ampliamente la cuestión del Derecho a la libertad de expresión, donde se diferencian las “Dimensiones”; una dimensión individual y una dimensión colectiva. Siendo que la dimensión individual es la capacidad que tiene un individuo, por ser tal , de poder expresarse sin la intervención de una censura previa, teniendo en cuenta como piedra angular que cada quién pueda decir lo que quiera sin discriminación alguna, por motivos de raza, sexo, religión, color, idioma, opiniones políticas o de cualquier otra índole , por origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social , como sostiene La Declaración de los Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su segundo principio.
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