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Exencion Y Exoneraciones Tributaria Venezuela


Enviado por   •  13 de Junio de 2012  •  903 Palabras (4 Páginas)  •  1.695 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT

FACULTAD: CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES

CARRERA: CONTADURÍA PÚBLICA

CÁTEDRA: LEGISLACIÒN TRIBUTARIA

SECCIÓN: 0994CP

EXONERACIONES Y EXENCIONES

INTEGRANTE:

HORNA, MANUEL

C.I.82.237.525

CARACAS, 12 DE JUNIO DEL 2012

Las exenciones como las exoneraciones son un beneficio tributario otorgado donde se libera del pago total o parcial del Impuesto sobre la Renta (ú otro impuesto como el IVA). Por lo que puedo leer en la Ley, la diferencia fundamental entre estas dos modalidades está en que la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR; y la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la Republica y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para otorgar el beneficio de la liberación total o parcial del pago del impuesto a través de decretos.

O sea, los fines de la exención y la exoneración parecen ser los mismos (liberarse de un pago total o parcial de impuestos o tributos) pero la exención se establece en la Ley del Impuesto en cuestión (IVA, ISLR), en tanto que la exoneración la establece el ejecutivo nacional a través de decretos publicados en la Gaceta Oficial. Por ejemplo, hace más de un año publicamos un post acerca de la exoneración a Ganaderos y agroindustriales del Impuesto sobre la Renta otorgada por el Seniat, en tanto que las exenciones ya están establecidas por la Ley del ISLR (u otra Ley de impuestos como el IVA).

*Según el Código orgánico Tributario

Artículo 76. Las exoneraciones serán concedidas con carácter general, en favor de todos los que se encuentren en los presupuestos y condiciones establecidos en la ley o fijados por el Poder Ejecutivo.

Artículo 77. Las exenciones y exoneraciones pueden ser derogadas o modificadas por ley posterior, aunque estuvieren fundadas en determinadas condiciones de hecho. Sin embargo, cuando tuvieren plazo cierto de duración, los beneficios en curso se mantendrán por el resto de dicho término, pero en ningún caso por más de cinco (5) años a partir de la derogatoria o modificación.

Lo cierto es que tanto las exenciones como las exoneraciones son un beneficio tributario otorgado donde se libera del pago total o parcial del Impuesto sobre la Renta (ú otro impuesto como el IVA). Por lo que puedo leer en la Ley, la diferencia fundamental entre estas dos modalidades está en que la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR; y la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la República y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para otorgar el beneficio de la liberación total o parcial del pago del impuesto a través de decretos.

O sea, los fines de la exención y la exoneración

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