Factores De Riesgo Profesionales Segun El Decreto 1607 De 2002
Enviado por abejitamaya • 17 de Junio de 2012 • 745 Palabras (3 Páginas) • 901 Visitas
Riesgo estático
Cuando la posibilidad del accidente o de enfermedad aumenta o disminuyas a partir de la actitud asumida por la persona que se expone a él por ejemplo el pasar por encima de un hueco
Riesgo dinámico: Es aquel que se presenta cuando la posibilidad del accidente o enfermedad aumenta o disminuye a partir de la energía cinética presente en el objeto o sustancia, la cual se potencializa mucho más con la actitud que asume la persona que se halla en su área de influencia. Ejemplo: cruzar desprevenidamente por un lugar donde transitan vehículos.
Según las CONDICIONES LEGALES O CONTRACTUALES de quien se expone al riesgo, éstos pueden ser:
RIESGO COMÚN: Es la posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad durante la realización de cualquier actividad cotidiana no laboral.
RIESGO OCUPACIONAL: Es la posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante la realización de una actividad laboral no necesariamente con vínculo contractual.
RIESGO PROFESIONAL: Es la posibilidad de sufrir un accidente o enfermedad en y durante la realización de una actividad laboral con vínculo laboral vigente.
Todo peligro es un riesgo, pero no todo riesgo es un peligro. ¿Está Usted de acuerdo?
Concepto: RIESGO Y PELIGRO.
Recuerde que RIESGO es la probabilidad
de que ocurra un accidente o enfermedad.
PELIGRO… es la inminencia de sufrir
un accidente o enfermedad, debido al
incremento exagerado del riesgo.
Se concluye
En la medida que la clase de riesgo de las actividades económicas se incrementa y por tanto el grado de riesgo, se presenta una situación de PELIGRO.
Y ante un peligro la aparición del accidente o la enfermedad es sin duda, casi inevitable y demanda mayores esfuerzos para controlarlo.
Reflexiones sobre la siguiente afirmación…
Todo peligro es un riesgo, pero no todo riesgo es un peligro. ¿Está Usted de acuerdo?
En Colombia mediante el Decreto 2090 de 2003 se definen las empresas o actividades de alto riesgo para la salud del trabajador, se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades. (el Decreto 1281 de 1994 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social que reglamentaba las actividades económicas de alto riesgo para la salud del trabajador y el Decreto 1835 de 1994 que reglamentaba las actividades económicas de alto riesgo de los servidores públicos) . En las empresas que son consideradas peligrosas, las acciones de promoción, prevención y control tienen que ser más
...