Fijacion De Sellos
Enviado por ccad • 13 de Enero de 2015 • 428 Palabras (2 Páginas) • 751 Visitas
La fijación de sellos
Es una medida conservatoria y provisional destinada a impedir que los efectos mobiliarios, valores o documentos de una persona desaparezcan, lo cual constituye su objetivo.
Se define como una medida provisional, tendente a evitar la distracción de bienes muebles valores y documentos prevista en los artículos del código de procedimiento civil.
El funcionario competente para la fijación de sellos lo es el juez de paz del lugar donde se encuentren los bienes. Por ende debemos acudir al tribunal de paz de la localidad.
La fijación de sellos procede en las siguientes circunstancias:
• En caso de fallecimiento
• En caso de presunción de ausencia
• En caso de demanda de divorcio
• En caso de embrago ejecutivo trabado sobre bienes de una persona no presente, en el cual se encuentren papeles
• Después de la disolución de una sociedad
• En caso de quiebra
Los sellos pueden ser puestos sobre los bienes muebles o efectos dejados por un difunto a requerimiento de sus herederos, el conyugue superviviente, los acreedores del de cujus aun de oficio por el juez de paz o a requerimiento del fiscal o alcalde pedáneo cuando entre los herederos existan menores de edad carentes de tutor legal o si el difunto era depositario público, notario, secretario contable etc. Y a requerimiento de los acreedores para asegurar el pago de lo debido. También pueden solicitar la fijación de sellos la mujer casada bajo el régimen de comunidad de bienes, sobre los bienes adquirida en la comunidad, durante el procedimiento de divorcio ya sea que ella fuere demandante o demandada.
El procedimiento para hacerlo, se incoa una demanda por medio de instancia motivada ante la autoridad competente, esta instancia debe contener la indicación de las piezas que invoca y la jurisdicción apoderada, los nombres y el domicilio de las partes con exposición sumaria de los hechos y medios que la justifican.
Luego el juez dicta un auto ordenando la medida y fijando fecha. En la fecha fijada el juez se traslada al lugar junto al secretario el cual levanta el acta de fijación y en caso de ausencia de bienes el acta de carencia. Dentro del plazo de 24 horas se deberá comunicar al juzgado de primera instancia a fin de su inscripción en el libro correspondiente.
Si el juez de paz encuentra las puertas cerradas u oposición a la medida puede optar por abrirlas si considera que existe peligro o bien apoderar al tribunal de primera instancia a fin de que decida sobre ello en referimiento.
Procedimiento de levantamiento de sellos
• Solicitud levantamiento de sellos.
• Auto de traslado a tales fines
• Notificación de auto de traslado para
...