Fondo Pensiones
Enviado por LMG750505 • 24 de Octubre de 2013 • 425 Palabras (2 Páginas) • 646 Visitas
REGIMEN SOLIDARIO PRIMA MEDIA CON PRESTACION DEFINIDA (RPM) REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDA (RAI)
Todos los aportes ingresan a un fondo común del ISS Los aportes del trabajador ingresan a una cuenta individual de ahorro
La afiliación se hace al ISS o cajas y fondos del sector público Este régimen es administrado por los fondos privados de pensiones.
No recibe aportes voluntarios Recibe aportes voluntarios
Un % de los aportes ingresa a un fondo de solidaridad
Se excluyen:
• Trabajadores dependientes inscritos por primera vez con 60 o más años
• Trabajadores independientes que se afilien por primer vez con 50 años de edad o más si es mujer o 55 años o más si es hombre. Se excluyen:
• Pensionados por invalidez del ISS o cualquier otro fondo, caja o entidad del sector público.
• Mujeres con 50 años o más y hombres con 55 años o más con edad cumplida salvo que decidan cotizar por lo menos 500 semanas.
Si la afiliación se hace por primera vez, se debe permanecer en el fondo mínimo por 5 años para solicitar el traslado El traslado entre aseguradoras de fondos de pensiones se puede realizar después de haber cotizado mínimo 6 meses
Cuando se realiza traslado se hace del RPD(ISS) a ahorro individual con solidaridad (RAIS) hay lugar al reconocimiento del bono pensional;
Si el traslado se hace del RAIS al régimen de prestación definida (ISS) se trasfiere el saldo de la cuenta de ahorro individual incluidos rendimientos El traslado entre aseguradoras de fondos de pensiones se puede realizar después de haber
La pensión de vejez depende del tiempo acumulado y el salario base de cotización. La pensión de vejez depende del capital ahorrado.
Como no se tiene ahorro en dinero sino semanas cotizadas, si el afiliado muere antes de tener derecho a la pensión no hay lugar a devolución de estos dineros, si tiene derecho se procede a solicitar la pensión para sus herederos Cuando el afiliados muere antes de tener el derecho de pensión, este dinero constituiría algo similar a un seguro de vida para su familia por ser una cuenta individual, , si tiene derecho se procede a solicitar la pensión para sus herederos
No hay posibilidad de realizar aporte voluntario, únicamente se hace el aporte de ley Hay posibilidad de realizar aporte voluntario para incrementar el monto de la pensión y anticiparla
En ningún caso el valor total de la pensión podrá ser superior al 80% del ingreso base de liquidación. El valor de la pensión no tiene límite, este valor se liquida de acuerdo al saldo de la cuenta de ahorro individual del afiliado
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