Formas De Ilegalidad
Enviado por winner2373 • 7 de Junio de 2013 • 521 Palabras (3 Páginas) • 520 Visitas
FORMAS DE ILEGALIDAD
1. La inconstitucionalidad: esta se subdivide en;
A.- La inconstitucionalidad de actos administrativos: son aquellos actos que se encuentran viciados de inconstitucionalidad cuando la autoridad administrativa que los dicto ha infringido algún precepto, principio o garantía constitucional.
B.- La usurpación de funciones: la constitución y las leyes definen las atribuciones del poder público y a ellas debe sujetarse su ejercicio. Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos. Existen dos tipos de usurpación de funciones: la usurpación de la autoridad y la usurpación de funciones propiamente dicha.
• La usurpación de autoridad: el usurpador de autoridad es aquel que la ejerce y realiza sin ningún tipo de investidura, ni regular ni prescrita.
• La usurpación de funciones: existe, por otra parte, usurpación de funciones cuando una autoridad perteneciente a una de las ramas del Poder Publico usurpa funciones correspondientes a otra rama del mismo Poder Publico.
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2. La ilegalidad: A continuación como los vicios de forma y la contrariedad al Derecho en general pueden viciar los actos administrativos.
A.- La extralimitación de atribuciones: en materia administrativa la invasión o interferencia de un funcionario administrativo se supone en atribuciones que no les corresponden y que están atribuidas específicamente a otra autoridad administrativa. La diferencia con la usurpación de funciones es que esta emana de la violación de lo contemplado por la carta magna en cuanto a las funciones administrativa y la extralimitación de funciones es de orden legal, mas no constitucional.
B.- El abuso o exceso de poder: este abuso de poder puede cometerlo cualquier funcionario aun en el caso de dar cumplimiento estricto de la norma escrita, porque en la aplicación de esta norma legal bien puede haber tergiversado los presupuestos de hecho que autorizan la actuación del funcionario.
C.- La desviación de poder: se da en aquellos actos que a pesar se conservarse siempre formal y aparentemente siempre dentro de los limites de las facultades discrecionales, estas son usadas para fines distintos de aquellos para los cuales fueron atribuidas al funcionario esas facultades.
No se puede confundir el abuso de poder con la desviación de poder, pues la primera consiste únicamente en hacer uso indebido del poder y el segundo se caracteriza más que en ningún otro aspecto el llamado "tergiversamiento" , se decir, la administración sin violar una norma legal realiza un acto que altere la verdad.
D.- El vicio de forma: se dice que cuando la ley crea formas especiales para el cumplimiento del acto administrativo, quiere decir que debe estará rodeado de todas aquellas garantías necesarias para que pueda producir su efecto. Cuando la ley no establece estas formas especiales para el acto, sino que únicamente
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