Formato De Alegatos
Enviado por ESTRELLITALARASA • 31 de Julio de 2014 • 669 Palabras (3 Páginas) • 1.018 Visitas
EXPEDIENTE NÚMERO: 0020
C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE TLALNEPANTL,
ESTADO DE MÉXICO.
P R E S E N T E:
__________________________________, con la personalidad que tengo debidamente reconocida en autos del expediente al rubro citado, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito, estando en tiempo para ello, con fundamento en lo establecido por el artículo 2.141 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad vengo a producir los de la parte que presento en los siguientes términos:
A L E G A T O S
1.- La acción ejercitada por la suscrita debe declararse procedente si se toma en consideración lo siguiente:
El Código Civil vigente en el Estado establece:
Artículo 5.203.- El propietario de un inmueble enclavado entre otros ajenos sin salida a la vía pública, tiene derecho de exigir paso, para el aprovechamiento de aquél, por los predios vecinos, previo pago de la indemnización correspondiente.
Artículo 5.205.- El propietario del predio sirviente tiene derecho de señalar el lugar en donde haya de constituirse la servidumbre de paso.
Artículo 5.207.- Si hubiere varios predios por donde pueda darse el paso a la vía pública, el obligado a la servidumbre será aquél por donde fuere más corta la distancia, siempre que no resulte muy incómodo y costoso el paso. Si la distancia fuere igual, el Juez designará el predio que ha de dar el paso.
A su vez el código de procedimientos Civiles vigente en el Estado establece:
Civil vigente en el Estado establece
Acción negatoria y confesoria
Artículo 2.8.- …
La acción confesoria compete al titular del derecho real inmueble y al poseedor del predio dominante que esté interesado en la existencia de la servidumbre. Se da esta acción contra el tenedor o poseedor jurídico que contraría el gravamen para que se obtenga el reconocimiento, la declaración de los derechos y obligaciones del gravamen y el pago de frutos, daños y perjuicios, en su caso, y se haga cesar la violación. Si fuere la sentencia condenatoria, el actor puede exigir del reo que afiance el respeto del derecho.
A. Por lo que hace AL PRIMER ELEMENTO de la acción se ofrecieron como pruebas las siguientes documentales:
1. Mediante escritura pública número 9646, de fecha 8 de diciembre de 1988, pasada ante la fe del licenciado Víctor Manuel Valdés Álvarez, Notario Público número 6, de Toluca, Estado de México, , con las cuales se acreditó lo siguiente:
• La existencia del inmueble de mi propiedad.
• que el inmueble sobre el cual se pretende obtener la servidumbre legal de paso es contigua al del suscrito,
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