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Enviado por   •  10 de Junio de 2014  •  1.005 Palabras (5 Páginas)  •  212 Visitas

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Hospital E.S.E San Diego de Cerete

Nivel II

ANEXO TENICO 1 DE LA RESOLUCION 1441 de 2014

Estándar:

Son las condiciones y el mantenimiento de la infraestructura de las áreas asistenciales o características de ellas, que condicionen procesos críticos asistenciales.

COD SERVICIO CRITERIO C NC NA OBSERVACIONES

Urgencias Se tienen definidos formalmente los flujos de urgencias de pacientes.

INFRAESTRUCTURA

Las condiciones de orden, aseo, limpieza y desinfección son evidentes y responden a un proceso dinámico de acuerdo a los servicios prestados por la institución.

Los servicios de urgencias, hospitalarios, quirúrgicos y/u obstétricos, solo se podrán prestar en edificaciones exclusivas para la prestación de servicios de salud.

Las instituciones o profesionales independientes que presten servicios exclusivamente ambulatorios, podrán funcionar en edificaciones de uso mixto, siempre y cuando la infraestructura del servicio, sea exclusiva para prestación de servicios de salud, delimitada físicamente, con acceso independiente para el área asistencial.

Las instalaciones eléctricas (tomas, Interruptores, lámparas) de todos los servicios deberán estar en buenas condiciones de presentación y mantenimiento.

A pesar de contar con planta, las lámparas presentan dificultad se interrumpe la luz, esto puede presentar un corto en las instalaciones eléctricas, siendo un factor de riesgo provocando un incendio.

En instituciones prestadoras de servicios de salud que funcionen en edificaciones de tres o más pisos contarán con ascensor o rampa.

Este solo presenta dos pisos y no cuenta con ascensor ni rampas.

INFRAESTRUCTURA

Si se tienen escaleras o rampas, el piso de éstas es uniforme y de material antideslizante o con elementos que garanticen esta propiedad en todo su recorrido, con pasamanos de preferencia a ambos lados y con protecciones laterales hacia espacios libres.

No se cuenta con esta infraestructura requerida. Solo hay escaleras normales que obstaculizan el paso de discapacitados.

Para la movilización de usuarios de pie, en silla de ruedas, o camilla, la cabina de los ascensores deberá tener las dimensiones interiores mínimas que permita la maniobrabilidad de estos elementos al interior y un espacio libre delante de la puerta de la cabina que permita su desplazamiento y maniobra.

Dicho anteriormente no se cuenta con este tipo de infraestructura.

En los caminos, áreas de circulación y salidas, se deberán evitar los cruces de elementos sucios y limpios. Si las áreas de circulación son compartidas, se utilizan los accesorios para garantizar su empaque y transporte, debidamente cerrados: compreseros, vehículos para la recolección interna de residuos, carros de comida, instrumental quirúrgico y de procedimientos, etc.

Estándar:

Son las condiciones y el mantenimiento de la infraestructura de las áreas asistenciales o características de ellas, que condicionen procesos críticos asistenciales.

COD SERVICIO CRITERIO C NC NA OBSERVACIONES

Urgencias Se tienen definidos formalmente los flujos de urgencias de pacientes.

INFRAESTRUCTURA

En instituciones prestadoras de servicios de salud, se deberán disponer unidades sanitarias para personas con condición de discapacidad o movilidad reducida

Este no cuenta con estas condiciones no por falta de espacio si no por falta de hacerlo posible.

La institución cumple con las condiciones establecidas en el marco normativo vigente para la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares.

Las instituciones donde se presten

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