Funciones del registro civil
Enviado por Juan Castro Carrillo • 9 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 349 Palabras (2 Páginas) • 525 Visitas
REGISTRO CIVIL: Controla las modificaciones de un estado, es un instituto de carácter público, da certificaciones de carácter pleno y comprueba el estado civil de las personas físicas.
ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL: Oficialías a cargo de jueces u oficiales, en cada oficialía hay 7 libros, sellos foliados.
ACTAS QUE EXPIDE EL REGISTRO CIVIL: SON 7: Actas de nacimiento y reconocimiento de hijos, actas de adopción, de tutela y emancipación, de matrimonio, divorcio, defunción, de inscripción de las sentencias.
MINISTERIO PUBLICO: Órgano acusador del estado como representante de la sociedad.
PROTECCION JURIDICA DE LOS INCAPACES: Patria potestad, Tutela, Adopción.
PATRIA POTESTAD: Facultad que tienen los ascendientes sobre los descendientes de educarlos, corregirlos y cuidarlos. Los únicos que la pueden ejercer son los ascendientes abuelos maternos y paternos.
SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD: Por ausencia del padre o la madre, negación d alimentos.
PERDIDA DE LA PATRIA POTESTATD: Por muerte de los padres, declaración judicial del abandono, por ser condenado por delito.
EXTINCION DE PATRIA POTESTAD: Por muerte de los padres.
TERMINO DE LA PATRIA POTESTAD: El menor llega a la mayoría de edad, el que la ejerce muere, en caso de emancipación.
TUTELA: Guarda de una persona y sus bienes. La tutela se puede dar de TESTAMENTARIA: cuando lo dejan escrito en el testamento, LEGITIMA: cuando no hay quien ejerza patria potestad y no hay tutela testamentaria, LEGITIMA: recae sobre los que son de línea directa con el pupilo.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES: Art. 3 es obligación de todos los mexicanos mandar a sus hijos o pupilos a las escuelas públicas o privadas desde el kínder hasta la prepa.
MATRIMONIO: Es la unión de un solo hombre y una sola mujer que conviven para formar una familia. Las obligaciones del matrimonio son que los dos contribuyan económicamente al hogar art. 100 código civil.
PARENTESCO: Vinculo que une a las personas que descienden unas de otras. Existen tres clases de parentesco: consanguíneo cunado hay un vínculo de sangre, cuando tienen por lo menos un ascendiente en común. Afinidad, vínculo entre los parientes del conyugue, Civil o adnato sujetos a la misma patria potestad.
CURATELA: Institución de guarda legal que vigila a los tutores.
...