Función del Conciliación de la Procuraduría de la defensa del trabajo
Enviado por sunshine2895 • 10 de Abril de 2016 • Ensayo • 390 Palabras (2 Páginas) • 186 Visitas
Marisol Pérez Varela
Solución del Conflicto Laboral
Función del Conciliación de la Procuraduría de la defensa del trabajo
De Acuerdo al Articulo 28 del reglamento de la procuraduría las facultades son las siguientes :
- Proponer a las partes interesadas soluciones conciliatorias y equitativas para el arreglo de sus conflictos.
- Para tal efecto librara los citatorios que estime convenientes.
Ejemplo de un asunto de riesgo de trabajo
El riesgo de trabajo derivo al trabajador una incapacidad permanente total, culpa del patrón por no tener el equipo. Que prestaciones le pediré al patrón si no existe incorporación al IMSS, estas prestaciones son conciliables , si yo tengo un salario de $100.00 diarios , cuanto me dará en dinero o puedo pedir a la junta de procuraduría o seria juicio ( demanda ).
Art 488 de la Ley Federal del trabajo tendrá derecho
-Asistencia Medica y quirúrgica
-Rehabilitación
-Hospitalización , cuando el caso lo requiera
-Medicamentos y material de curación
-Aparatos de prótesis y ortopedista
-Indemnización fijada en el presente titulo articulo 495 de esta misma ley
Art 495 Incapacidad permanente total cantidad equivalente al importe de 1095 días de salario.
1095 x 100 = $ 109,500 m.n.
- Solo será negociable los gastos médicos que se realicen
Del 20 de enero del 2015 al 30 de octubre 2015 el salario mínimo era de : $ 60.28
A partir del 31 de octubre 2015 al 10 de noviembre 2015 : $ 70.10
Pagar de salarios caídos : 291x $100.00 = 29,100
Procedimiento – Especial ya que esta situación se encuentra en el margen de este tipo de procedimiento, ya estamos hablando de un conflicto de seguridad social y su vez de incapacidad total permanente el cual tiene como objeto: reclamar el otorgamiento de prestaciones en dinero o en especie, derivadas de los diversos seguros que componen el régimen obligatorio del Seguro Social, organizado y administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, y de aquellas que conforme a la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, deban cubrir el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y las Administradoras de Fondos para el Retiro, así como las que resulten aplicables en virtud de contratos colectivos de trabajo o contratos – ley que contentan beneficios en materia de seguridad social.
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