GESTIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES, PROVENIENTES DEL IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS (IDH)
Enviado por rolyto • 8 de Octubre de 2013 • 1.137 Palabras (5 Páginas) • 479 Visitas
GESTIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES, PROVENIENTES DEL IMPUESTO DIRECTO A LOS HIDROCARBUROS (IDH)
QUE SON LOS RECURSOS IDH
Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH)
La Ley de Hidrocarburos Nº 3058 fue promulgada el 17 de mayo de 2005. En sus primeros artículos, esta ley reconoce a los hidrocarburos como recursos estratégicos que deben coadyuvar a los objetivos de desarrollo económico y social del país. En la Ley Hidrocarburos, denota la creación del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) es citada en el Art. 53). Este impuesto es aplicado a la producción de hidrocarburos en boca de pozo y debe ser medido y pagado de la misma forma que las regalías. El IDH es reglamentado en su recaudación y distribución por el D. S. No. 28223.
DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS IDH
En cumplimiento al resultado del Referéndum del 18 de julio de 2004, los recursos obtenidos por el Impuesto Directo a los Hidrocarburos – IDH, deben ser canalizados a los sectores de educación, salud, caminos y generación de empleos.
Reglamentado en su recaudación y distribución por el Decreto Supremo No. 28223.
Distribución efectuada por el Tesoro General de la Nación (TGN), es básicamente:
Gobiernos Departamentales,
Municipales,
Fondo de Desarrollo para los pueblos indígena originarios y Comunidades Campesinas,
Universidad,
Educación,
Salud, etc.
CUAL EL PORCENTAJE (%) DE LOS RECURSOS IDH PARA SEGURIDAD CIUDADANA
El Gobierno Central del Estado Plurinacional de Bolivia en cada gestión, destina Recursos producto del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) a las Gobernaciones y Municipios, debiendo estas instancias destinar esos recursos en Programas, (conforme DS. No. 28421 y ampliada para municipios mediante DS. No. 29565)
Prefecturas (hoy Gobernaciones):
Desarrollo económico.
Desarrollo social.
Seguridad Ciudadana.
Municipios:
Educación,
Salud,
Fomento al desarrollo económico local y promoción de empleo,
Seguridad Ciudadana,
Infraestructura y
Asignación de recursos IDH a las Mancomunidades.
Dentro del “Programa de Seguridad Ciudadana” la norma NO PREVÉ UN MONTO O PORCENTAJE destinado a este efecto, mismo fenómeno ocurre con los demás programas.
GESTIÓN DE LOS RECURSOS IDH.
R. ¿Cuánto?
A los fines de la ejecución de estos recursos cada instancia (Gobernaciones y Municipios) prioriza sus actividades en el Programa Operativo Anual de cada gestión de acuerdo a sus necesidades u oportunidades de cada región en el marco de sus Programas (mediante proyectos que se presenten a diseño final, sean de interés y ataquen problemas o necesidades sociales, pero estén acordes a políticas nacionales, departamentales o locales).
R. ¿Cómo?
Compete a las autoridades policiales (Comandantes Departamentales, Provinciales, etc.) efectuar acciones de “Gestión Pública”, vale decir efectuar estudios de seguridad, plasmarlos en proyectos y presentarlos ante las autoridades departamentales o municipales para su inclusión en el POA de cada Gestión, a los fines de su ejecución. Pero no solo buscamos captar recursos del IDH para la ejecución de un proyecto (construcción, dotación, compra de equipo, etc.), sino que debemos procurar que el monto a ser invertido en Seguridad Ciudadana sea el suficiente para la mejora y sostenibilidad de los servicios ya existentes; ahí radica la importancia y el éxito de la Gestión Pública que efectué la autoridad policial ante esas instancias.
LA IMPORTANCIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA POLICIAL
a) Gestión Pública. En resumen:
Es el resultado y materialización de la Política Pública.
Es el conjunto de acciones realizadas en un período de tiempo en una entidad pública.
Intervienen factores sociales, jurídicos, económicos.
Los gerentes y administradores
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