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GOBIERNO DE FACTO


Enviado por   •  19 de Enero de 2014  •  1.136 Palabras (5 Páginas)  •  372 Visitas

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GOBIERNO DE FACTO

I. Concepto

El vocablo gobierno de facto o gobierno de hecho se utiliza para designar aquellos gobiernos, en contraposición a los gobiernos de jure, que no tienen fundamento constitucional expreso. Es decir, los gobiernos que surgen como consecuencia de una ruptura del ordenamiento constitucional, ya sea por golpe de Estado, revolución o cualquier otro procedimiento de hecho, al margen del ordenamiento jurídico.

Los gobiernos de facto se subdividen en generales y locales. Los primeros son los que controlan totalmente el territorio estatal. Los segundos, en cambio, aunque aspiran al mismo objetivo, por la oposición de determinados grupos sólo logran controlarlo parcialmente. En esta segunda hipótesis se produce una coexistencia de un gobierno de derecho y de un gobierno de facto, cada uno de ellos tratando de imponerse sobre el otro.

Podemos citar los ejemplos de España durante la Guerra Civil de l936 y la lucha por la independencia de Argelia. En ambos casos, durante algún tiempo coexistieron sobre el mismo territorio una gobierno de iure y otro de facto, cada uno dominando una parte determinada del territorio. Al final de las respectivas luchas armadas, los gobiernos de facto terminaron imponiéndose y posteriormente se transformaron en gobiernos de iure.

II. Características

Las características principales del gobierno de facto son las siguientes: a) quebranto total y algunas veces parcial del ordenamiento constitucional; b) surgimiento de una forma innovadora de creación de normas jurídicas; c) absorción en sus manos de todos los Poderes del Estado, tanto del Constituyente como de los constituidos; d) el imperio que tal autoridad ejerce de hecho impone obediencia a los habitantes, no sólo como necesidad sino como un deber, en interés del orden; e) capacidad jurídica para comprometer al Estado en relaciones dentro y fuera de su territorio; f) su reconocimiento internacional se basa en el cumplimiento del principio de efectividad; es decir, que sea real y efectivamente obedecido como poder estatal dentro de su territorio, ya sea por aceptación expresa o tácita de los gobernados. Veamos esas características en detalle.

A. Quebranto total o parcial del ordenamiento jurídico

Todo gobierno de facto, al surgir de un hecho extrajurídico, implica necesariamente la ruptura total o parcial del ordenamiento jurídico existente. La ruptura total se da siempre en los casos de revolución. En las demás hipótesis de instauración de gobiernos de facto, como golpes de Estado, desconocimiento del ordenamiento constitucional por el Poder Ejecutivo, etc., normalmente se produce sólo una ruptura parcial del ordenamiento, por lo que la mayoría de las normas jurídicas continúa vigente.

En las revoluciones el rompimiento es total, porque los triunfadores desean cambiar radicalmente los fundamentos políticos, económicos y sociales del régimen.

En cambio, en los demás casos, la ruptura no suele ser radical, sino que tan sólo se dejan sin efecto aquellas disposiciones relativas al funcionamiento del aparato político del Estado, de manera tal que el nuevo gobierno pueda asumir plenamente el ejercicio de aquellas funciones estatales que requiere para el cumplimiento de sus fines.

Normalmente, en tales hipótesis los tribunales de justicia siguen funcionando conforme al ordenamiento derogado, por lo que la derogatoria se circunscribe, por lo general, a las normas que regulan la organización y funcionamiento de los órganos legislativo y ejecutivo.

B. Surgimiento de una forma innovadora de creación de normas jurídicas

El surgimiento de un gobierno de facto crea una instancia autónoma y novedosa de creación de normas jurídicas, pues al reunir

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