GUÍA DE LECTURA Y COMPRENSIÓN DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA POR LA CSJN EL 25/3/60 EN AUTOS
Enviado por luciana211183 • 5 de Mayo de 2021 • Trabajo • 844 Palabras (4 Páginas) • 325 Visitas
Materia: Derecho Internacional Privado/ Catedra: Najurieta-Rodriguez/ comisión: 9500/ Alumna: Luciana Oscar/ DNI: 30303752
Derecho Internacional Privado
Comisión N0
Trabajo Práctico N0 3
GUÍA DE LECTURA Y COMPRENSIÓN DE LA SENTENCIA PRONUNCIADA POR LA CSJN EL 25/3/60 EN AUTOS
“CAVURA DE VLASOV, E. c/VLASOV, A. s/DIVORCIO Y SEPARACIÓN DE BIENES”, disponible en www. diprargentina.com
- Lea con detenimiento el Dictamen (Opinión) del Procurador General de la Nación y la sentencia de la CSJN
- Identifique los hechos del caso: a) ¿dónde se celebró el matrimonio?; b) ¿dónde estaba el domicilio de los cónyuges al momento de la convivencia?; c) ¿Dónde establece el señor Vlasov su “domicilio” al momento de las desavenencias del matrimonio?; d) ¿dónde se entabla la demanda?; e) ¿cuál es el objeto de la demanda?
- Enfoque jurídico de las posiciones: ¿qué argumentos jurídicos invocó el señor Vlasov para justificar la excepción de incompetencia? (argumentos que fueron receptados favorablemente en la segunda instancia). ¿Cuál es el marco jurídico que se presentaba ante los jueces para resolver la cuestión relativa a la jurisdicción internacional del juez argentino? (¿existía tratado internacional vigente, cuáles eran las normas de fuente interna aplicables?) ¿Cuáles son los argumentos de la señora Vlasov para provocar la apertura del recurso extraordinario ante la Corte Suprema?
- ¿Cuál es la decisión de la CSJN? Preste fundamental atención a los fundamentos vinculada la privación de justicia
- Resuma sucintamente la resolución final del caso y la enseñanza que deja para nuestra materia.
- ¿Encuentra Ud. alguna norma en el Título IV del Libro Sexto del CCyCN que en forma concreta persiga evitar la denegación internacional de justicia? En caso afirmativo, identifíquela y enuncie los requisitos.
2) a) El matrimonio se celebró en Rumania
b) El domicilio de los conyugues al momento de la convivencia estaba en Argentina en Capital.
c) Vlasov tenía domicilio en Génova (Italia) al momento de las desavenencias del matrimonio.
d) La demanda se entabla en el último domicilio que tenían los conyugues antes de producirse el quebrantamiento.
e) El objeto de la demanda es el divorcio y separación de bienes, causales de abandono involuntario y malicioso del hogar, adulterio e injurias graves.
3) El demandado opuso excepción dilatoria de incompetencia de los tribunales argentinos para atender en la demanda, que desde el año 1949, había establecido su domicilio en Génova (Italia), suplantando el que tenia en Buenos Aires, que desde 1952/53 había instalado allí el núcleo familiar, con excepción de la actora, que se negó a radicarse en aquel lugar, no obstante, todas las solicitudes que se dirigió con tal fin. Afirma que el rompimiento definitivo se produjo en 1954, con motivo de la disminución de la cuota que el demandado le pasaba a la actora para sus gastos. Con virtud de todo ello y lo dispuesto por los artículos 104 y 53 de la ley de matrimonio, 90 inc. 9 del cód. civil y 4 del código de proced, la demanda no puede iniciarse en Argentina.
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