Hechos Y Actos Juridicos
Enviado por EddMadriid • 12 de Noviembre de 2013 • 4.640 Palabras (19 Páginas) • 449 Visitas
Introducción
Normalmente, la vida del hombre se desarrolla en sociedad, porque así lo imponen las leyes naturales a q está sujeta nuestra especie.
La vida humana es vida de relación; las actividades de los hombres se desenvuelven las unas a lado de las otras, bien teniendo alcanzar propósitos independientes entre sí, o un común objeto en un esfuerzo, también común, bien persiguiendo por medios encontrados fines opuestos y dando nacimiento a inevitables conflictos.
Para comprender mejor los “Hechos y actos jurídicos” así como los “contratos”, nos valdremos de diferentes autores que nos revelan las diferencias que hay entre estos, así como nos permiten apreciar las clasificaciones de los mismos.
Si decimos “hechos y actos jurídicos” estamos pronunciando que se producen por lo general en el futuro; no está, sin embargo, una regla absoluta, porque hay hechos que producen sus efectos retroactivamente, como la condición de la que nos ocuparemos más adelante.
En este proyecto al final se da por sabido que los hechos y actos jurídicos van ligados, por lo que es conveniente explicar en que se distinguen estos temas y tener la actitud de iniciar el estudio de éstos aun cuando sea en sus principales conceptos, comenzando con un conocimiento previo.
Nuestros estudios hayan mejor cabida en la teoría general del acto jurídico, de cuya naturaleza ciertamente participa el contrato. El estudio de las nulidades no es exclusivo del estudio del contrato, sino de una teoría general de las ineficacias de los actos o negocios jurídicos en general.
Su tratamiento debe abarcar el estudio de la declaración de voluntad de los actos de gobierno, como por ejemplo el testamento y de cualquier otra declaración de voluntad.
Además surge otro factor como es el contrato, aquí estaremos analizando su estructura y su función, su objeto así como su causa, la interpretación y el cumplimiento que es indagar el significado de una expresión artística o intelectual, o simplemente de un comportamiento humano, los tipos de contratos y características o significados de cada uno de ellos.
La interpretación del contrato se considera indagar el significado de una expresión artística o intelectual, o simplemente de un comportamiento humano. Es captar el sentido de una obra, de una palabra, de un signo.
Importa señalar que la labor del interprete se desarrolla en la vida de relación, tiene un sentido proyectado hacia los demás seres humanos que son al fin los destinatarios de las ideas que este proyecto expresa; invoca comprensión, para lo cual es preciso antes.
Para iniciar a dar un concepto de las características, requisitos, validez, existencia entre otros temas que abarcan el contrato en materia mercantil es necesario mencionar que en el Artículo 864 del Código Civil: El contrato es un acuerdo de dos o más partes para constituir, regular o extinguir entre ellas una relación jurídica patrimonial, y salvo estipulación en contrario se entenderá celebrando el lugar de residencia del proponente y en el momento en que reciba la situación de la propuesta.
Generalmente dentro de un estudio de la teoría general del contrato, los autores que hemos investigado consideran un análisis de la nulidad o invalidez de este acto de voluntad de las partes. Es sin duda alguna, un tema capital de la ineficacia del contrato como negocio jurídico.
Por nuestra arte consideramos que el estudio de nuestros temas no debería formar parte de un análisis de éste como institución jurídica.
Se ha procurado disertar sobre los principios básicos de estos temas como bases jurídicas en general.
Nuestro propósito es brindar una visión más amplia sobre los temas ya mencionados, para que el lector se interese en el estudio del derecho, de igual manera para que adquiera los conocimientos necesarios para comprender y analizar las cuestiones jurídicas y no solo como una fuente de obligaciones que tienen diferentes consecuencias.
En efecto, a nadie se le escapa la importancia que tiene en la vida la práctica del derecho, su diversa estructura normativa que le permite ser el instrumento jurídico para el intercambio de bienes y servicios.
Para nosotros como futuros licenciados en Turismo, es indispensable el desarrollo de habilidades jurídicas, las cuáles nos apoyen en las diferentes situaciones que se nos lleguen a presentar como prestadores de servicios turísticos.
Se puede apreciar la indudable importancia que hemos venido cobrando los prestadores de servicios turísticos a medida que el ser humano evoluciona, llegando a estar en la actualidad contemplada tanto en el código civil como en el código de comercio, con el propósito de regular tales servicios.
Esperamos que el contenido de este proyecto sea útil y del agrado de los lectores haciendo hincapié a los alumnos de la Licenciatura en Turismo del semestre 2 grupo 2, de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, para que les sirva de apoyo en sus estudios futuros, pudiendo aplicarlo a lo largo de su carrera y en su vida diaria, ya que como lo mencionamos, el derecho, al igual que las matemáticas, siempre estará presente en las diferentes situaciones que se nos presenten.
“El elemento básico diferencial entre el hecho y el acto jurídico consistente en que produciendo ambos, consecuencias en el mundo del derecho, solo este es resultado de la voluntad del hombre”
Desarrollo del tema
1.- HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
La relación jurídica es un efecto de la combinación entre la voluntad y la norma.
El elemento volitivo constituye su parte dinámica y confiere vida a la relación jurídica, se manifiesta con declaraciones, acciones, manifestaciones externas de la voluntad para lograr efectos jurídicos.
Las acciones lícitas pueden desarrollarse entre voluntades cooperantes y, entonces hay el negocio jurídico. Así, los efectos que producen en armonía con la norma, pueden ser “unilaterales, bilaterales, o plurilaterales” En el negocio jurídico unilateral, la voluntad sin el concurso de otras voluntades, dispone por sí misma de su poder jurídico (donación, testamento). En el negocio bilateral, intervienen dos voluntades para determinar o modificar una relación entre ellas o frente a terceros, con un cambio de poderes jurídicos (contratos). En el negocio plurilateral, pueden encontrarse más voluntades que concurren a un fin común, incluso la creación de un ente jurídico.
La norma jurídica por su estructura lógica es una regla hipotética: los supuestos previstos en la parte condicional en la norma son los hechos jurídicos y la parte positiva se refiere a los efectos de tales hechos los cuales implican siempre una alteración
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