IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO DE BIENES DE CAPITAL.
Enviado por Alexxyanez • 28 de Mayo de 2013 • Informe • 220 Palabras (1 Páginas) • 721 Visitas
IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO DE BIENES DE CAPITAL.
Es la modalidad que permite la importación temporal de bienes de capital, así como de sus partes y repuestos, con suspensión de tributos aduaneros, destinados a ser reexportados, después de haber sido sometidos a reparación o acondicionamiento, en un plazo no superior a seis (6) meses y con base en la cual su disposición queda restringida. En casos debidamente justificados, la autoridad aduanera podrá autorizar plazos superiores a los previstos en este artículo, hasta por un término igual al otorgado inicialmente.
TERMINACIÓN DE LA IMPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO DE BIENES DE CAPITAL.
La importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital termina con:
a) La reexportación de la mercancía;
b) La aprehensión y decomiso de la mercancía, cuando haya lugar a la efectividad de la garantía por incumplimiento de las obligaciones inherentes a esta modalidad;
c) El abandono voluntario de la mercancía, o la destrucción de la mercancía por fuerza mayor o caso fortuito demostrados ante la autoridad aduanera.
DOCUMENTOS QUE SE DEBEN CONSERVAR.
En la importación temporal para perfeccionamiento activo de bienes de capital el declarante deberá conservar los siguientes documentos:
a) Documento que acredite la razón de la importación
b) Documento de transporte
c) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o de apoderado
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