IMPUESTO NETO TAREA.
Enviado por 201220040065 • 28 de Noviembre de 2017 • Tarea • 743 Palabras (3 Páginas) • 220 Visitas
IMPUESTO NETO .
Todo contribuyente que declare renta, debe pagar un anticipo del impuesto de renta correspondiente al periodo siguiente al que se declara según lo establece el artículo 807 del estatuto tributario.
Además de pagar el impuesto de renta que se genere en un periodo determinado, los contribuyentes deben pagar parte del impuesto de renta que se supone se generará en el periodo siguiente, lo cual constituye un anticipo.
El anticipo equivale al 75% de impuesto neto de renta determinado en el periodo declarado. Cuando se declara por primera vez el porcentaje es del 25 y para el segundo año será del 50.
Una vez determinado el impuesto neto de renta, se aplica el 75% o el porcentaje que corresponda, y a este valor se le restan las retenciones en la fuente que le hubieren sido practicadas en el respectivo periodo.
Existen dos procedimientos para determinar la base sobre la cual se ha de aplicar el 75% o el que corresponda, y el contribuyente podrá escoger cualquiera de los dos, el que más le convenga, obviamente.
- 1. Impuesto de renta de periodo declarado
- 2. Promedio del impuesto de renta de los dos últimos años.
Una vez se elija el procedimiento más adecuado, se toma el resultado correspondiente y se le aplica el 75%, el 50% o el 25%, según el caso. Al valor resultante se le restan las retenciones y el resultado será el valor del anticipo.
Ejemplo:
Año a declarar: 2006
Impuesto neto de renta en 2006: 10.000.000
Impuesto neto de renta en 2005: 8.000.000
Retenciones practicadas en 2006: 4.000.000
Anticipo 2007: ¿?
Procedimiento 1
(10.000.000 * 0,75) = 7.500.000
(7.500.000 – 4.000.000) = 3.500.000
El anticipo por el 2007 será de 3.500.000
Procedimiento 2
(10.000.000 + 8.000.000)/2 = 9.000.000
(9.000.000*0,75) = 6.750.000
(6.750.000 – 4.000.000) = 2.750.000
El anticipo para el 2007 será entonces de 2.750.000
Vemos que en este supuesto, el procedimiento 2 nos da un menor anticipo, por lo que seguramente el contribuyente lo elegirá.
Si el resultado de uno o de juntos procedimientos nos diera cero o menor a cero, significa que no se debe pagar anticipo por el siguiente periodo. Es posible claro está que en un procedimiento no resulte anticipo y en el otro sí. Ya el contribuyente decidirá si lo paga o no.
Vale aclarar que las retenciones que se restan, son las retenciones que le han practicado al contribuyente, esto es las que figuran en la cuenta 135515.
El anticipo que se pague en el 2006 por el 2007, podrá ser descontado por el contribuyente en el 2007.
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