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INDECOPI PERU


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  749 Palabras (3 Páginas)  •  434 Visitas

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INDECOPI

Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual

HISTORIA DE LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR EN EL PERÚ

Antes de los 90"s.

No existían leyes específicas de Protección al Consumidor.

Después de los 90"s.

En el Perú se promulgaron diversos dispositivos legales:

• Ley de Protección al Consumidor (DL 716) – 1991.

• Ley 25868 que creó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI, encargado entre otras cosas de la protección al consumidor – 1992.

• La Constitución Política del Perú, reformada en 1992, dio rango institucional a los derechos de los consumidores. En su artículo 65 señala que el Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios.

• Mediante Ley Orgánica 26520 se creó y puso en funcionamiento la Defensoría del Pueblo - 1993.

• Mediante diversas leyes se crearon asimismo los siguientes Organismos Reguladores:

• Osinerg (Ley 26734 - 1996)

• SUNASS (Decreto Ley 25965 - 1992)

• OSIPTEL (Decreto Ley 702 - 1991)

FUNCIONES

Corresponde a la Dirección de Derecho de Autor proteger el derecho de autor y los derechos conexos.

Además, es misión de la Dirección fomentar una cultura de respeto a los mismos, teniendo como visión lograr que los titulares de derechos de autor y derechos conexos vean protegidos eficazmente sus derechos en el país.

ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN DE DERECHO DE AUTOR

La Dirección de Derecho de Autor es responsable de cautelar y proteger administrativamente el derecho de autor y los derechos conexos.

Adicionalmente, resuelve en primera instancia las causas contenciosas y no contenciosas que le sean sometidas a su jurisdicción, por denuncia de parte o por acción de oficio. Administra el Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, así como los actos constitutivos o modificatorios correspondientes a las sociedades de gestión colectiva y derechos conexos; mantiene y custodia el depósito legal intangible, entre otras funciones establecidas en la ley de la materia.

Sus funciones son, entre otras:

• Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos que no son de competencia de la Comisión.

• En caso de presumir la existencia de una infracción en materia de propiedad intelectual, podrá requerir al Secretario Técnico de la Comisión para que inicie las investigaciones preliminares o las acciones de oficio correspondientes.

• Emite informes técnicos en los temas de su competencia.

• Administra y conoce los procedimientos no contenciosos relacionados con el otorgamiento, la declaración, el reconocimiento y el registro de los derechos de autor y derechos conexos.

• Recurre al auxilio de la fuerza pública para ejecutar las resoluciones que

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