INFORMACION SOBRE JORNADA DE TRABAJO
Enviado por dayis14 • 8 de Abril de 2013 • 883 Palabras (4 Páginas) • 252 Visitas
Información sobre Jornada de Trabajo
Laboral
Tal como ya es sabido, el 7 de mayo de 2013, vence el plazo de un (1) año otorgado por la nueva Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y de las Trabajadoras (LOTTT), para que las Empresas se adecuen a las nuevas disposiciones que regulan la jornada de trabajo.
Es por lo que hemos considerado oportuno presentarles los aspectos más resaltantes de las disposiciones que se encuentran en los artículos 167 y siguientes de la referida ley y que contempla dicho tema.
Aspectos Generales:
El plazo para su presentación ante la inspectoría correspondiente vence el 6/05/13.
- No debe exceder de cinco (5) días a la semana con la excepción de las empresas de producción continua.
- Obligatorio dos (2) días de descanso Consecutivos. Ej. Sábado y domingo o domingo y lunes.
- Régimen regular de máximo 40 horas semanales.
- Tiempo de descanso y alimentación mínimo una (1) hora
Así tenemos,
I. Empresas de 5 días laborales
5 días a la semana y 2 días de descanso continuos
Jornada Diurna: Máximo de 8 horas diarias que equivalen a 40 semanales.
Jornada Nocturna: entre las 7:00 pm. hasta las 5.00 pm. Máximo 7 horas diarias = 35 horas semanales.
Jornada Mixta (diurna y nocturna) no más de 7 ½ horas diarias= 37 ½ horas semanales. Se considera nocturna aquella que tenga un período de trabajo mayor de 4 horas nocturnas
II. Empresas de producción continua
Empresas que no detienen sus operaciones durante los 365 días del año (interés técnico o público) Ej. Hospitales, farmacias, suministro y venta de alimentos, hoteles, restaurantes, etc. Todas las actividades que requieren un proceso continuo.
La jornada se puede extender a 42 horas semanales. (Art. 176). Se hace a través de guardias con un día de descanso semanal, el segundo día de descanso se compensa con un (1) día de descanso adicional (disfrute) en sus vacaciones con pago de salario y sin incidencia en el bono vacacional.
III. Jornada de 7 días pero no las 24 HORAS
Empresas que prestan servicios 6 ó 7 días a la semana. Ej. Panaderías abastos, peluquerías, entre otras.
La LOTTT no prevé excepciones para este tipo de establecimientos
Tienen derecho a 2 días de descanso continuos a la semana.
Deberían dividirse en grupos o turnos para gozar de dicho descanso consecutivo y 5 días de labores.
IV. Jornadas especiales o convenidas
Trabajadores de Dirección, de Inspección o de Vigilancia y por Convención Colectiva.
No más de 11 horas diarias, pero en el período de 8 semanas no puede superar las 40 horas. Ej. 6 semanas de 40 horas (5 días) y 2 semanas de 48 horas (6 días), = 336 horas 8 semanas, que en promedio semanal equivalen a 42 horas.
Puede organizarse por grupos.
Datos Importantes:
1. Los horarios deben ser elaborados por la Empresa y empleados, además debe validarse ante la Inspectoría
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