INFORME SOBRE SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DE PACIENTES Y GUARDIAS DE HOSPITAL II-1 MOYOBAMBA.
Enviado por Monica Valle • 17 de Mayo de 2017 • Informe • 2.027 Palabras (9 Páginas) • 393 Visitas
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INFORME N° XX-2017-AL-UGA-OO-SAM
A : C.P.C.C. AGUSTIN CORONEL ALARCON
Jefe de la Unidad de Gestión Administrativa
DE : Bach. Contab. PAULO CESAR GARCIA SOTO
Jefe de Logística
ASUNTO : SOBRE SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DE PACIENTES Y GUARDIAS DE HOSPITAL II-1 MOYOBAMBA.
REFERENCIA : a) Nota Informativa N° 010-2017-AE-UGA-OO-SAM.
b) Informe N° 007-2017-D-HOSP-II-1-MINSA-M/UTA.
c) Informe N° 42-2017-AL-UGA-OO-SAM.
d) Informe N° 093-2017-AL-UGA-OO-SAM.
FECHA : 29 DE MARZO DE 2017.
Por intermedio del presente reciba mis más cordial saludo y asimismo, en atención al documento a) de la referencia, se procede a informar técnicamente sobre los trámites de pago del Servicio de Alimentación de Pacientes y Guardias de Hospital II-1 Moyobamba del presente año 2017, informe que se procede a efectuar de la siguiente manera:
- ANTECEDENTES.
- Visita al área de Logística del proveedor Raúl Villacorta Valles, con RUC N°10433702552, a fin de reclamar el pago de servicios de preparación de alimentos prestados al Hospital II-1 Moyobamba.
- BASE LEGAL.
- Ley n.° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado.
- D.S. 350-2015-EF – Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
- DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS.
- Mediante documento c) de la referencia, de 14 de febrero de 2017, ésta área de Logística informó a la Unidad de Gestión Administrativa que a fines del mes de enero de 2017, ésta área de Logística tomó conocimiento de una presunta deuda por la prestación de Servicio de Elaboración de Alimentos para el Hospital II-1 Moyobamba, correspondiente a los períodos de mayo, octubre, noviembre y diciembre del año 2016; la misma que no se cuenta con antecedentes de dicha contratación, es decir, no existen órdenes de servicio ni mucho menos certificado presupuestal (de aquel entonces) que permitiera realizar dicha contratación; asimismo, se informó que dicho servicio viene siendo prestado de la misma forma en el presente año 2017; precisando que ésta Área de Logística no ha emitido documento para la contratación de dicho servicio; asimismo, se tiene conocimiento que al 14 de febrero de 2017, no se cuenta con presupuesto para dicho fin.
- Mediante Nota de Coordinación N° 296-2017-OGA-E-DRS-M/AL, de 2 de marzo de 2017, el Obst. Fernando Chung García – Director de la Red de Salud Moyobamba, adjunta el Pedido SIGA N° 328, sobre Pago de alimentos paciente SIS del Hospital II-1 Moyobamba, por un monto de S/. 15,651.00 (quince mil seiscientos cincuenta y uno y 00/100 soles), correspondiente de 1 a 31 enero de 2017.
- Mediante documento d) de la referencia, de 7 de marzo de 2017, ésta área de Logística informa a la Unidad de Gestión Administrativa sobre los procedimientos de gestión de pedidos de las Redes de Salud Rioja y Moyobamba, las mismas que cuentan (cada una) con su respectiva área de Logística, por lo cual, se asume que toda gestión de pedidos debe dirigirse a ésta Unidad Ejecutora 401 – Dirección Sub Regional de Salud Alto Mayo, contemplando y respetando la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado y la Directiva N° 010-2016-GRSM/ORA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LAS CONTRATACIONES MENORES O IGUALES A OCHO (8) UIT’s EN EL PLIEGO N° 459 – GOBIERNO REGIONAL SAN MARTIN; sin embargo, se advierte un posible fraccionamiento en la gestión de diversos pedidos dentro de los cuales se encuentra el Servicio de Elaboración de Alimentos.
Asimismo, en dicho documento se informa a la Unidad de Gestión Administrativa, que pese a la posibilidad de un fraccionamiento, se tiene conocimiento de parte de la Unidad de Gestión Presupuestal que dichos servicios se han venido atendiendo mediante Presupuesto del Seguro Integral de Salud (SIS), el mismo que al 7 de marzo de 2017 no cuenta con disponibilidad presupuestal que permita atender dichas necesidades.
De igual manera, en dicho documento se informa a la Unidad de Gestión Administrativa, que el procedimiento de pago del Servicio de Elaboración de Alimentos, se gestionará una vez incorporado el Presupuesto del Seguro Integral de Salud (SIS), y que a su vez, los pagos que se gestionen, mientras no modifiquen el tipo de procedimiento que corresponda efectuar para su contratación, NO CONFIGURARÍA UN FRACCIONAMIENTO, (sustentando la no modificación del procedimiento) de conformidad con lo expuesto en el Art. 20° de la Ley n.° 30225, que dice:
“Se encuentra prohibido fraccionar la contratación de bienes, servicios u obras con la finalidad de evitar el tipo de procedimiento de selección que corresponda según la necesidad anual, de dividir la contratación a través de la realización de dos o más procedimientos de selección, de evadir la aplicación de la presente Ley y su reglamento para dar lugar a contrataciones iguales o inferiores a ocho (8) UIT y/o evadir el cumplimiento de los tratados o compromisos internacionales que incluyan disposiciones sobre contratación pública. (…)””
- Mediante Nota de Coordinación N° 355-2017-OGA-E-DRS-M/AL, de 13 de marzo de 2017, el Obst. Fernando Chung García – Director de la Red de Salud Moyobamba, adjunta los Pedidos SIGA N° 428, 429 y 430, sobre Pago de alimentos paciente SIS del Hospital II-1 Moyobamba, por un monto de S/. 14,012.00 (catorce mil doce y 00/100 soles), correspondiente al mes de febrero de 2017.
- Mediante Nota de Coordinación n.° 165-2017-UGP-OO-SAM, de 13 de marzo de 2017, dirigido a la Unidad de Gestión Administrativa, donde se comunica la asignación presupuestal de Saldo de Balance de Seguro Integral de Salud (SIS) en la fuente Donaciones y Transferencias (SIS) a ésta Unidad Ejecutora 401 por un monto de S/. 31,150.00 (treinta y un mil ciento cincuenta y 00/100 soles) en las genéricas de gasto 2.1 Persona y Obligaciones, 2.3 Genéricas de Gasto y 2.6 Adquisición de Activos no Financieros, adjuntando cuadro de asignación presupuestal.
Asimismo, de la revisión del cuadro de asignación presupuestal saldo balance (SIS) 2017, se advierte que existe disponibilidad presupuestal para la Red Moyobamba en el programa 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en producto, en la específica 2.3.2 7.11 99 Servicios Diversos, por un monto de S/. 13,459.00 (trece mil cuatrocientos cincuenta y nueve y 00/100 soles).
- Mediante documento b) de la referencia, de 24 de marzo de 2017, el Director de la Red de Salud de Moyobamba, sustenta el pago de servicio de alimentación de pacientes y guardias, prestado por el proveedor Raul Villacorta Valles los meses de enero y febrero 2017, precisando el por qué continuaron con el servicio pese a no contar con presupuesto asignado y sin documentación alguna del área de Logística de ésta Unidad Ejecutora 401 – Dirección Sub Regional de Salud Alto Mayo, que asegure la contratación y su posterior pago.
- Mediante Nota de Coordinación n.° 228-2017-UGP-OO-SAM, de 29 de marzo de 2017, en atención a la Nota de Coordinación N° 139-2017-AL-UGA-OO-SAM, de 27 de marzo de 2017, la Unidad de Gestión Presupuestal confirma lo vertido en el punto 3.2 del presente Informe, toda vez que a la letra dice:
“(…) se precisa que se incorpora del Seguro Integral de Salud (SIS), se comunica la asignación con Nota de Coordinación y en el cual se menciona el número de Nota modificación presupuestal, fecha y monto adjuntando anexo con detalle del gasto distribuido por las redes de salud. Referente a incorporaciones futuras, no hay fechas establecidas porque depende del nivel centra.(…)”
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