INTRODUCCION A LA SOLUCION DE CONFLICTOS
Enviado por cgee960 • 25 de Enero de 2014 • 1.688 Palabras (7 Páginas) • 1.333 Visitas
INTRODUCCION A LA SOLUCION DE CONFLICTOS
El art. 33 de la Carta de la ONU, prescribe la solución de las controversias internacionales, mediante el empleo de procedimientos pacíficos: negociación, investigación, mediación, conciliación, arbitraje, arreglo judicial y recurso a ciertos organismos.
SOLUCION DE LOS CONFLICTOS INTERNACIONALES MEDIANTE PROCEDIMIENTOS PACIFICOS
El estudio de la historia nos dice que la existencia de conflictos internacionales es inherente a la vida de los pueblos, como lo es a la naturaleza humana la existencia de las enfermedades.
El cumplimiento de las normas del Derecho Internacional es el medio de prevenir la aparición de diferencias internacionales: es la higiene que evita la enfermedad.
Conculcado el D.I. aparece el conflicto, fase tensa, en la que es preciso aplicar la terapéutica adecuada para la solución del conflicto; bien mediante procedimientos pacíficos, o bien, en caso extremo, apelando a la fuerza, derramando sangre.
Entre los procedimientos pacíficos para solventar controversias internacionales, figuran las negociaciones, los buenos oficios, la mediación, la conciliación, la investigación y el arbitraje.
La negociación.- la relación directa entre las partes siempre debe preceder a la solución de sus diferencias ante Tribunales de justicia. La relación directa entre los Estados origina las negociaciones diplomáticas, bien orales o escritas. Los documentos escritos se denominan “notas diplomáticas”, y suelen adoptar la forma de cartas, cuyo conjunto, referentes a un determinado asunto, puede publicarse en libros que adoptan el nombre del color de su cubierta.
Mediante las negociaciones directas entre los Estados, puede llegarse a un arreglo amistoso, cuando una de las partes decide voluntariamente de sus pretensiones, o bien a una transacción, cuando los dos estados litigantes ceden el todo o parte de sus pretendidos derechos.
Cuando son varios los Estados interesados en una misma cuestión, se constituyen los Congresos y Conferencias internacionales, según se trate de resolver cuestiones políticas de capital importancia o bien de asuntos jurídicos, económicos o administrativos. Al documento en que figura el acta de cada sesión o bien del conjunto de actas de todas las sesiones, se le denomina protocolo.
Los buenos oficios.- implican la intervención amistosa de una tercera potencia en el litigio entre dos Estados para relacionar a las partes en discordia, sin intervenir directamente en la resolución del conflicto. Los buenos oficios pueden ser solicitados por los Estados litigantes u ofrecidos espontáneamente por la potencia o potencias que los prestan.
La mediación.- en la mediación, una tercera potencia interviene directamente en las negociaciones, e incluso las dirige. Las fórmulas de arreglo de la potencia mediadora no obligan a las partes en litigio, quienes pueden aceptar o no la solución propuesta por el mediador, quien no está obligado a garantizar el cumplimiento de la solución propuesta, en el caso en que sea aceptada por los Estados en discordia. La mediación, al igual que los buenos oficios, puede ser ofrecida o solicitada. La “Convención para la solución pacífica de los conflictos internacionales”, de la Haya de 1907, reguló, en principio, el empleo de los buenos oficios y la mediación, a los cuales deberán recurrir obligatoriamente las potencias contratantes en caso de conflicto, antes de apelar a las armas.
La conciliación.- en lugar de una tercera potencia, se confiere la mediación a una Comisión de juristas y diplomáticos que buscan la solución del conflicto surgido entre dos Estados, mediante propuestas basadas en la equidad y al margen del caso controvertido –el árbitro y el juez deben actuar con arreglo al derecho estricto-. Las comisiones de conciliación examinan hechos y redactan un informe con las consiguientes conclusiones, las cuales carecen de fuerza obligatoria para las partes en discordia. Caso de no ser aceptadas, el conflicto permanece en pie.
La investigación.- este modo de solución de conflictos internacionales, es una creación de la primera conferencia de la Haya de 1899, en la cual se creó las Comisiones Internacionales de Investigación como medio pacífico de resolver las diferencias internacionales.
En la Conferencia de La Haya de 1907 se completaron ampliamente estos acuerdos llegándose a establecer que “en los litigios de orden internacional que no comprometan el honor ni los intereses esenciales y provengan de una divergencia de apreciación sobre puntos de hecho, las potencias contratantes juzgan útil y deseable que las partes que no hayan podido ponerse de acuerdo por las vías diplomáticas instituyan, en cuanto lo permitan las circunstancias, una Comisión internacional de investigación encargada de facilitar la solución de esos litigios, esclareciendo, mediante un examen imparcial y concienzudo, las cuestiones de hecho”.
Las comisiones de investigación se constituyen, pues, ante un hecho dudoso, que exige esclarecimiento, un incidente de fronteras, por ejemplo. Terminada la investigación, la Comisión presenta una relación de hechos comprobados, una información, que no tiene carácter de sentencia para las partes litigantes.
La conciliación .- la conciliación internacional es un método de solución pacífica de los conflictos internacionales, que se utiliza mediante la colaboración de terceros. Consiste en entregar a una comisión mixta, una divergencia internacional de cualquier naturaleza, que éstas no hayan podido resolver por la vía diplomática normal, a fin de que la referida comisión, dentro de un término
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