INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO (conceptos básicos)
Enviado por Exiliado • 15 de Marzo de 2014 • 921 Palabras (4 Páginas) • 434 Visitas
INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO (conceptos básicos)
INTRODUCCIÓN: Preparación, disposición para llegar a un fin determinado.
ESTUDIO: Aplicación a saber y comprender una ciencia o arte.
DERECHO: Conjunto de principios, preceptos o normas jurídicas a que están sometidas las relaciones humanas en la sociedad.
OBJETO
a).- Ofrecer una visión de conjunto del derecho.
b).- Estudiar los conceptos generales del mismo.
c).- Discutir los problemas de la técnica jurídica.
ORIGEN DEL TERMINO DERECHO
LATIN.- DIRECTUS: dirigir, conducir, encaminar.
ROMANO.- JUS-JURIS: Aquello que es recto.
NORMA:
LATO SENSU.- aplica a toda regla de comportamiento, obligatoria o no.
STRICTO SENSU.- corresponde a la regla de comportamiento que impone deberes o confiere derechos.
DIFERENCIACIÓN ENTRE REGLAS TÉCNICAS Y NORMAS.
Las primeras son las reglas prácticas cuyo cumplimiento es potestativo.
Las segundas tienen carácter obligatorio o son atributivas de facultades.
Las reglas prácticas de cumplimiento potestativo prescriben determinados medios, con vista a la realización de ciertos fines.
Los juicios enunciativos divídense en verdaderos y falsos. En relación con las normas no se habla de verdad o falsedad sino de validez o invalidez.
PRINCIPALES FORMAS DE REGULACION SOCIAL
Normas religiosas.
Son las normas que regulan las relaciones del hombre con la divinidad. De acuerdo a la religión que profesa cada individuo.
Normas morales.
Son las normas que conciernen al fuero interno o al respeto humano.
Normas de trato social.
Son las reglas relativas a la cultura, modales y decoro de las personas.
Normas de derecho.
Son preceptos imperativos-atributivos, es decir una regla de conducta que además de imponer deberes, concede facultades.
NORMA Y LEY NATURAL
La finalidad de la ley natural es la explicación de relaciones constantes entre fenómenos.
El fin de las normas es provocar un comportamiento.
Constituye un grave error la creencia de que las leyes naturales son causa de los fenómenos a que aluden. La ley nos los produce; simplemente revela sus antecedentes y consecuentes.
Las leyes naturales se refieren indefectiblemente a lo que es, no se dirigen a nadie.
Las normas estatuyen lo que deber ser, éstas sólo tienen sentido en relación con seres capaces de cumplirlas.
El DEBER COMO PARTE DE LA NORMA
Es la necesidad de una acción por respeto de la Ley. Todo deber es deber de alguien.
OBLIGADO
Es la persona que debe realizar u omitir la conducta ordenada o prohibida por el precepto.
OBLIGACION
Es el deber que tiene una persona de cumplir con una prestación.
DERECHO
Es la facultad que tiene una persona de exigir una prestación.
IMPERATIVOS CATEGORICOS E HIPOTETICOS
Los primeros ordenan sin condición; los segundos condicionalmente.
Categóricos.- Son aquellos que mandan una acción por sí misma, como objetivamente necesaria.
Hipotéticos.- Son los que prescriben una conducta como medio para lograr un fin.
LA MORAL Y EL DERECHO DIFERENTES ASPECTOS
La Moral EL DERECHO
Unilateralidad.
Interioridad.
Incoercibilidad.
Autonomía. Bilateralidad.
Exterioridad.
Coercibilidad.
Heteronomía
BILATERALIDAD
Las normas jurídicas son bilaterales porque imponen deberes correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones. Significa que frente al jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona, facultada para reclamarle la observancia de lo prescrito.
INTERIORIDAD
Se refiere a las cosas privativas, reservadas
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