INTRODUCCIÓN AL DERECHO
Enviado por hpachecot • 25 de Junio de 2015 • 2.037 Palabras (9 Páginas) • 360 Visitas
2.1. FILOSOFIA GENERAL.
El pensamiento filosófico inicia a partir del siglo XVIII en especial con la teoría del
conocimiento, entre cuyos principios se establece que no juzgamos al
conocimiento pura y simplemente por los hechos de la ciencia, sino por los hechos
de la existencia humana, como una de las múltiples funciones del ser humano. El
conocimiento es un acto que sobrepasa a la conciencia. El sujeto enfrenta al
objeto que se presenta como espacial, empírico, como cosa. El conocimiento es la
conexión, la relación, entre el sujeto y el objeto. De tal manera que son la
conciencia por una parte y el objeto por la otra lo que constituyen la realidad del
mundo. A través de la percepción se encuentra vinculada a la presencia y al
enfrentamiento de objetos. Así el conocimiento se diferencia rigurosamente del
acto de pensar, de la mera imaginación como de toda especie de representación
de la fantasía. A través del conocimiento ya sea personal o de experiencia
acumulada por otras generaciones, el ser humano ha definido las reglas que le
permiten el aprovechamiento de los objetos que le rodean, del mundo real y al
mismo tiempo, ha definido y ordenado las reglas que le posibilitan sus relaciones
con los demás seres humanos, su vida en sociedad.
La filosofía se interesa en el estudio de la verdad en cuanto tal. Asimismo la
filosofía existe una conexión entre la categoría y su desarrollo y el resultado
verdadero o falso, sin que sea necesaria su demostración a la manera que lo hace
la ciencia. De hecho, parte importante del pensamiento filosófico se basa en este
tipo de propuestas que han realizado los filósofos, sin que necesariamente se
acepten todas sus teorías. Se puede estar de acuerdo con la teoría de tal o cual
filósofo, y en el caso de la ciencia no se puede dudar. En la filosofía siempre hay
ideas y propuestas sujetas a discusión, es especulativa.
2.2. FILOSOFIA DEL DERECHO.
La filosofía del derecho es preponderantemente un instrumento del conocimiento,
en virtud de que la filosofía del derecho es una disciplina cognoscitiva, entonces
su problema fundamental lo debe constituir el problema lógico; es decir, se centra
en el problema lógico en cuanto a lo jurídico. El conocimiento de la lógica del
derecho lleva implícito el conocimiento de la realidad del derecho. Dicho en otras
palabras, la realidad del derecho se toma como materia de la lógica del derecho.
En estas condiciones se puede considerar al derecho tal como se presenta a
nuestra experiencia, como fenómeno irreductible y sustantivo de la vida social.
La filosofía del derecho es una disciplina cuyo objeto de conocimiento fundamental
es el conocimiento de lo jurídico. De tal modo que el conocimiento que se adquiere
con base en la filosofía del derecho, es en sí mismo, conocimiento jurídico.
Lo que nuestro conocimiento tiene registrado en sus categorías como lo “jurídico”
es todo aquello relacionado con las formas y características de cómo se regula la
sociedad, de cuáles son las reglas de convivencia y cuáles son los fines a que
dichas reglas deben conducir a los seres humanos y a su sociedad.
Se destaca los fines o principios del derecho como lo son: bien común, justicia y
seguridad, que es objeto de conocimiento y de meditación, puesto que son base y
sustento de la convivencia humana. Existe una difusión sobre las ideas sobre la
Justicia, la Seguridad y el Bien común que han sustentado los más notables
filósofos del derecho, que se dio en el Tercer Congreso del Instituto Internacional
de Filosofía del Derecho y de Sociología Jurídica, celebrado en Roma durante el
periodo 1937 – 1938, así como la discusión que sobre esos trabajos se suscitó.
LOUIS LE FUR, J.T. DELOS, GUSTAV RADBRUCH, AJ. CARLYLE. Dichos
filósofos aportaron sus ideas y ofrecieron puntos de vistas diferentes que sirvió
para esclarecer estos valores o principios fundamentales del derecho sobre la
Justicia, la Seguridad y el Bien común.
2.3. METODOLOGIA.
Por metodología se entiende como la ciencia de hacer con orden una cosa: la
ciencia del método. Existen reglas mínimas que son propias de la metodología
como lo es la escrutabilidad, la refutabilidad, la confirmabilidad y la
simplicidad.
Existen algunos rasgos relevantes de la manera de pensar de autores cuyas
teorías han tenido gran significado en el mundo de las ideas; es decir, cual fue el
orden que los siguientes autores establecieron en la elaboración de sus
postulados y en su desarrollo y que demuestran su pensamiento y de su método,
lo cuales los autores siguientes son:
Montesquieu escribió una obra denominada “El espíritu de las leyes” en la que
planteó que para el control del poder, el Estado debe dividirse en tres poderes que
se sirvan entre sí de contrapeso; uno que haga las leyes, otro que las ejecute y un
tercero que juzgue acerca de la procedencia de las leyes hechas por el primero y
de la forma como las aplique el segundo. Al incluir esta idea de equilibrio en su
teoría, sigue un orden de exposición o una metodología mecanicista.
Otros autores como Gastón Bachelard y Karl R. Popper derivaron su método
para las ciencias sociales; el primero, de las ciencias físico-químicas y el segundo
de las matemáticas y de la física. Ambos consideraron que el orden, la
metodología por seguir debería ser conforme a dichas ciencias y de esa manera
derivar un orden específico para las ciencias sociales.
Bachelard establece que el método solo puede apreciarse después de haber
llevado a cabo la investigación y por tanto, constituirse como material de
enseñanza a partir del cual cada uno aprenderá su propio método siguiendo
siempre principios mínimos fundamentales como el estar atento en todo momento
a preservar la objetividad y realizar una racionalidad dialéctica aplicada al objeto y
un método particular para el objeto estudiado. Resulta necesario analizar al objeto
desde diferentes perspectivas. El pensamiento científico “lee lo complejo en lo
simple” el que investiga debe derivar reglas de los hechos.
Al margen de los conocimientos que se acumulan dice Bachelard se debe
encontrar razones para renovarlos. Para ello es necesario desarrollar
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