INVESTIGUE, ANALICE Y RESPONDA
Enviado por rebegomez • 20 de Junio de 2018 • Documentos de Investigación • 317 Palabras (2 Páginas) • 158 Visitas
UNIDAD CURRICULAR: DERECHO CIVIL V
CÓDIGO: 11015024
Competencia General: Distingue los elementos esenciales del Derecho Sucesoral, así como las distintas figuras que de él se derivan, vale decir: herederos, legatarios, beneficio de inventario, colación, imputación, la legítima, testamento, entre otras.
Competencia Específica: Maneja las diferentes situaciones jurídicas que comprenden el acceso al patrimonio del de cujus por parte de los causahabientes para legalizar ante los órganos competentes todos los bienes pertenecientes a la universalidad sucesoral.
Criterio: Investiga la aceptación de la herencia pura y simple de la de beneficio de inventario, reconoce la importancia de la separación de la herencia.
Evidencia: Actividad Virtual
INVESTIGUE, ANALICE Y RESPONDA
1. En materia de sucesiones, ¿a qué se refiere el Beneficio de Inventario, quien lo solicita y cuando se pierde ese derecho?
El beneficio de inventario es un derecho que la ley reconoce al heredero para limitar su responsabilidad con relación a las deudas hereditarias hasta la concurrencia del valor total de los bienes que ha dado.
Esta solicitud deberá hacerse expresamente por el heredero solicitando el beneficio de inventario para evitar la reponsabilidda ultra vires, tal cual como lo establece la sentencia 9- 10-03 expediente kpo 2-5-2003 006885 y lo deberá solicitar ante el tribunal de primera instancia del lugar donde se abre la sucesión.
Cuando se pierde este derecho este se pierde cuando el heredero enajena los inmuebles oculte los bienes que pertenecen a la masa hereditaria sin la autorización judicial asi como lo establece los artículos 1.041 y 1.042 del código civil
2. Establezca diferencias entre heredero y beneficiario.
HEREDERO
BENEFICIARIO
Es siempre a titulo universal Se trata de una institución
Manifiesta aceptar pura y simple Manifiesta aceptar pero a beneficio de inventario
Tiene responsabilidad de los efectos jurídicos derivados de la herencia Es de orden publico
Continua la personalidad jurídica del causante porque tiene una sucesión In Iuris No puede ser modificada por el causante
Adquiere la posesión conforme al art.995 del C.C sin necesidad de tomar posesión material Existe a favor del heredero y
Es discrecional
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