Importacion De Cacao
Enviado por jorgemacedo • 9 de Febrero de 2014 • 570 Palabras (3 Páginas) • 381 Visitas
Importaciones Delta S. de R.L. de C.V.
Misión:Ofrecer servicios deimportación y exportación de calidad, para la satisfacción del cliente,
Visión: Ser la mejor opción de importación y exportación, a nivel nacional.
Producto a importar: Cacao enpolvo.
País de la importación: Perú.
Tratado de libre comercio: Tratado Libre Comercio México- Perú
Acuerdo de Integración Comercial con Perú.
Tipo de régimen:Importación definitiva
Aduana de donde procede el producto: Puerto Callao Perú
Aduana de donde va a llegar a México: Manzanillo México
Incoterms : FOB - Free OnBoard - Libre a Bordo (puerto de carga convenido)
Obligaciones del Vendedor:
• Entregar la mercadería y documentos necesario
• Empaque y embalaje
• Flete (de fábrica al lugar de exportación)
• Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
• Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)
Obligaciones de Importaciones Delta
• Pago de la mercadería
• Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación)
• Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes)
• Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
Tipo de transportación a utilizar: Marítima
Nomenclatura:
CODIGO DESCRIPCIÓN UNIDAD IMP. EXP.
Sección: IV Productos de las industrias alimentarías; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborado
Capítulo: 18. Cacao y sus preparaciones
Partida: 18.05 Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
SubPartida: 180500 Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
Fracción: 18.05.00.01 Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante. Kg 20% Ex.
Arancel del producto : Del 1 de febrero al 31 de diciembre de 2012, cacao en polvo, libre de arancel de conformidad con lo establecido en la Sección 2 del Anexo 3.4-Adel Art. 3.4 del Acuerdo de Integración Comercial con Perú. A partir del 2013, el periodo de vigencia del cupo correrá del 1o. de enero al 31 de diciembre de cada año (Acuerdo DOF 1/II/2012. Su Convocatoria se publicó el 29/II/2012).
Preferencias arancelarias: A partir del 1 de febrero de 2012, la importación de esta mercancía originaria de Perú estará sujeta a la preferencia arancelaria de 20% y estará exenta de arancel, siempre que se cuente con un certificado de cupo expedido por la SE. De no cumplirse la condición señalada, estará sujeta a la desgravación arancelaria de 20% (Punto Sexto del Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable del IGI para las mercancías originarias de Perú, DOF 1/II/2012).
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