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Importación De Bienes O Servicios


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2014  •  882 Palabras (4 Páginas)  •  277 Visitas

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IMPORTEN BIENES O SERVICIOS

Son todas las Transferencias y adquisiciones de Bienes y servicios que un país adquiere del extranjero y por los cuales eroga Divisas. Son bienes tangibles los que se pueden tocar, pesar o medir; e intangibles los que no tienen al menos una de estas características.

Las Importaciones de Bienes (de Consumo y productivos) consisten en la entrada física de los mismos a través de los sistemas aduaneros, y que son adquiridos tanto por el sector público como por el privado a través del sistema monetario de cambios.

Se distinguen, lo mismo que las Exportaciones, las compras externas de "intangibles" o servicios, de las compras externas de mercancías; las primeras incluyen los servicios turísticos que los nacionales adquieren en el exterior, los pasajes internacionales, los fletes por transportes diversos, los egresos relacionados con inversiones extranjeras, los intereses y Utilidades que se pagan a capitales extranjeros y las Transferencias.

Durante 33 años de vigencia de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) se han generado errores en su aplicación en el tratamiento de importaciones de bienes y de servicios intangibles, dado que este tipo de importaciones la Ley Aduanera no las regula.

La legislación fiscal que regula las importaciones de bienes y servicios intangibles conlleva la interpretación de Ley del IVA y su Reglamento que no son totalmente claras incluso pueden contraponerse, con los tribunales sobre alguna de estas actividades, generando en consecuencia un cierto grado de inseguridad jurídica.

En tratándose de bienes tangibles, aplicar la LIVA no tiene ningún problema, ya que la Ley Aduanera regula la importación para poder introducirlos al país de manera legal y habrá que cumplir con el pago del impuesto general de importación (IGI), en los términos de la misma Ley del Impuesto General de Importación (LIGI) y emitir el pedimento de importación correspondiente en los términos de la Ley Aduanera y su Reglamento.

Pero cuando realizamos la importación de bienes o servicios intangibles, actos que no son regulados por la Administración General de Aduanas en los términos de LA LEY ADUANERA y su Reglamento, se debe dar el tratamiento que nos indica la ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).

Al contratar los servicios de un profesionista independiente residente en el extranjero por un residente en territorio nacional, sea persona física o persona moral servicios que en la actualidad se contratan utilizando las vías y redes de comunicación electrónica, chateando o vía telefónica enviándose consultas y respuestas de la misma forma

.

Para analizar y definir el tratamiento aplicable a las importaciones de intangibles suponemos dos casos:

- uno para servicios y

- otro para bienes intangibles:

ARTICULO LIVA 24

1) Introducción al país de bienes.

2) Adquisición por

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