Impuesto D Renta
Enviado por hoover1988 • 19 de Marzo de 2014 • 365 Palabras (2 Páginas) • 207 Visitas
El impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen un solo impuesto.
El impuesto sobre la renta y complementarios se considera como un solo tributo y comprende:
1. Para las personas naturales, sucesiones ilíquidas, y bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales contemplados en el artículo 11, los que se liquidan con base en la renta, en las ganancias ocasionales, *en el Patrimonio **y en la transferencia de rentas y ganancias ocasionales al exterior.
2. Para los demás contribuyentes, los que se liquidan con base en la renta, en las ganancias ocasionales y en la **transferencia al exterior de rentas y ganancias ocasionales, así como sobre las utilidades comerciales en el caso de sucursales de sociedades y entidades extranjeras.
Art. 6. Declaración Voluntaria del Impuesto sobre la Renta.
*-Modificado- El impuesto sobre la renta y complementarios, a cargo de los contribuyentes no obligados a declarar, es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o abonos
en cuenta, según el caso, realizados al contribuyente durante el respectivo año o período gravable.
Par. Las personas naturales residentes en el país a quienes les hayan practicado retenciones en la fuente y que de acuerdo con las disposiciones de este Estatuto no estén obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, podrán presentarla.
Dicha declaración produce efectos legales y se regirá por lo dispuesto en el Libro I de este Estatuto.
Nota - Acontable.com
Nota - Norma Modificada Acontable.com
Art. 7. Las personas naturales están sometidas al impuesto.
Las personas naturales y las sucesiones ilíquidas están sometidas al impuesto sobre la renta y complementarios.
La sucesión es ilíquida entre la fecha de la muerte del causante y aquélla en la cual se ejecutorie la sentencia aprobatoria de la partición o se autorice la escritura pública cuando se opte por lo establecido en el decreto extraordinario 902 de 1988.
Art. 8. Los cónyuges se gravan en forma individual.
*-Declarado Condicionalmente Exequible- Los cónyuges, individualmente considerados, son sujetos gravables en cuanto a sus correspondientes bienes y rentas.
Durante el proceso de liquidación de la sociedad conyugal, el sujeto del impuesto sigue siendo cada uno de los cónyuges, o la sucesión ilíquida, según el caso.
Nota - Acontable.com
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