Impuesto Sobre la Renta
Enviado por merlys1 • 20 de Febrero de 2013 • Tutorial • 4.557 Palabras (19 Páginas) • 418 Visitas
Impuesto Sobre la Renta.
Se llama Renta, al producto del capital, del trabajo o de la combinación del capital y del trabajo. Puede distinguirse para los efectos impositivos la renta bruta, que es el ingreso total percibido sin deducción alguna, como sucede por ejemplo cuando un impuesto grava los ingresos derivados del trabajo o derivados del capital en forma de intereses. Otras veces se grava la renta libre que queda cuando después de deducir de los ingresos los gastos necesarios ara la obtención de la renta, se permite también la deducción de ciertos gastos particulares del sujeto del impuesto.
Sujetos.
Las personas físicas y morales deben pagar ISR por:
• Residentes en México respecto de sus ingresos.
• Residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento o base. Igualmente aquellos cuyos ingresos procedan de fuentes dentro de territorio nacional y que no cuenten con un establecimiento permanente y cuando éste existe, que los ingresos no sean atribuibles a ellos.
Establecimiento permanente: Se le denomina a cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen actividades empresariales (sucursales, agencias, oficinas, talleres, instalaciones, minas, lugar de exploración, explotación o extracción de recursos naturales).
Ingresos de un establecimiento empresarial: Son los provenientes de la actividad empresarial desarrollada, los provenientes de honorarios y aquellos que deriven de la prestación de un servicio personal independiente.
También por la enajenación de mercancías o bienes inmuebles en territorio nacional.
Personal Moral según la Ley del ISR: Son consideradas personas morales las sociedades mercantiles, organismos descentralizados con actividad empresarial, instituciones de crédito, sociedades y asociaciones civiles.
Las personas morales pagarán por concepto de ISR el resultado de aplicar al 35% al Resultado Fiscal obtenido en el ejercicio (Art. 10 ISR).
Resultado Fiscal.
• Se obtiene la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por la Ley.
• A la utilidad fiscal del ejercicio se le disminuirán las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de otros ejercicios.
Exención parcial: Se concederá exención parcial a personas morales dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras siempre que sus ingresos en el ejercicio no excedan de 20 salarios mínimos generales elevados al año.
Dicha exención no excederá en su totalidad de 200 veces el salario mínimo. Además no pagarán ISR por sus productos:
• Ejidos.
• Uniones de ejidos.
• Empresas sociales.
• Asociaciones rurales de interés colectivo.
• Unidad agrícola industrial de la mujer campesina.
• Colonias agrícolas y ganaderas.
Actividades con reducción de impuestos:
Se concederá reducción del impuesto en los siguientes casos y porcentajes:
• 50% a dedicados a agricultura, ganadería, pesca o silvicultura.
• 25% si dichos contribuyentes industrializan sus productos.
• 25% si realizan actividades comerciales o industriales en las que tengan como máximo al 50% de sus ingresos.
• 50% si se dedica a la edición de libros.
• Son contribuyentes de este tipo, aquellos cuyos ingresos por sus actividades representes cuando menos al 90% de sus ingresos totales.
Ingresos.
Las personas morales acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, bienes, servicio, crédito cualquier otro tipo que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero.
Ganancia inflacionaria.
Es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.
Otros ingresos acumulables.
Se consideran ingresos acumulables los siguientes:
• Ingresos determinados por la SHCP.
• Ingresos en especie.- La diferencia entre la parte de la inversión aún no deducida, actualizada según la ley y el valor que conforme al avalúo practicado por persona autorizada por la SHCP tenga en la fecha en que se transfiera su propiedad por pago en especie.
• Diferencia entre inventarios en caso de ganaderos.- La diferencia entre los inventarios final e inicial de un ejercicio, cuando el inventario final sea el mayor tratándose de contribuyentes dedicados a la ganadería.
• Beneficio por mejoras que pasan a poder del arrendador.- Los que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en inmuebles, que de conformidad en los contratos por los que se otorgó su uso o goce queden a beneficio del propietario.
• Ganancia por enajenación de activos, títulos, fusión, escisión, etcétera.
• Pagos por recuperación de un crédito deducido por incobrable.
• Recuperación por seguros, fianzas. Etcétera.
• Ingresos por indemnización de seguro del hombre clave.- las cantidades que el contribuyente obtenga como indemnización para resarcirlo de la disminución que en su productividad haya causado la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes.
• Intereses y ganancia inflacionaria.
Deducciones.
Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
• Devoluciones, descuentos o bonificaciones.- Aun cuando se efectúen en ejercicios posteriores.
• Adquisición de mercancías, así como de materias primas, productos semiterminados o terminados que utilicen para prestar servicios, para fabricar bienes, para enajenarlos, disminuidas con las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre las mismas efectuadas inclusive en ejercicios posteriores.
• Gastos.
• Inversiones.
• Diferencia de inventarios en el caso de ganaderos.
• Créditos incobrables y pérdidas por caso fortuito.
• Aportaciones a fondos para tecnología y capacitación (Art. 27).
• Creación de reservas para fondos de pensiones, jubilaciones, etcétera.
• Intereses y pérdida inflacionaria.
• Anticipos y rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros.
DETERMINACION DEL ENRIQUECIMIENTO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISLR)
El artículo 13 del Código Orgánico Tributario venezolano, prevé que la obligación tributaria entre el sujeto pasivo y el ente público acreedor del tributo nace una vez se verifiquen las circunstancias o eventos establecidos por la Ley para tipificar el tributo, ello
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