Incidente de ejecución de sentencia
Enviado por mimiyfausto • 24 de Noviembre de 2017 • Práctica o problema • 3.065 Palabras (13 Páginas) • 431 Visitas
KISS INTERNACIONAL S.C. DE R.L. DE C.V.[pic 1]
VS
ALMACENES ZARAGOZA S.A. DE C.V.
EXPEDIENTE: 727/2017
ASUNTO: CONTESTACIÓN DE DEMANDA.
C. JUEZ DÉCIMO CUARTO DE LO CIVIL
DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
P R E S E N T E.
JOSÉ ALBERTO AYALA DÍAZ, JUAN PABLO PIER ROMERO e ISAIAS GUILLERMO VILCHIS ALCANTARA, promoviendo de manera conjunta e indistintamente, en nuestra calidad de representantes legales de la moral ALMACENES ZARAGOZA S.A. DE C., tal y como lo acreditamos en términos del original de la Escritura Pública número 19,134 pasada ante la fe del Licenciado Francisco Javier García Félix titular de la Notaria Pública número 120 de la Ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa México, cuyo original agrego al presente escrito y solicito desde este momento sea cotejado con la copia simple que anexo al mismo y me sea devuelto el original por serme necesario para otros fines; señalando señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en TIHUATLAN NO. 37 (TREINTA Y SIETE), PISO 2 (DOS) COLONIA SAN JERÓNIMO ACULCO, DELEGACIÓN MAGDALENA CONTRERAS, C.P. 10400 (DIEZ MIL CUATROCIENTOS), CIUDAD DE MÉXICO; autorizando en forma indistinta para tales efectos y en los términos amplios del artículo 1069 del Código de Comercio, para intervenir dentro del presente juicio, al C. ABOGADO JUAN ALEJANDRO ESMA MARTÍNEZ, quien ejerce la profesión de licenciado en derecho al amparo de la cédula profesional número 6649114, debidamente expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, quien además cuenta con Registro Único de Profesionales del Derecho anexando para tal efecto una copia simple de dicho registro y nombrándolo como representante común, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Por medio del presente escrito, con fundamento por lo dispuesto por el artículo 1378 del Código de Comercio, vengo en legales tiempo y forma a contestar la improcedente, infundada, dolosa y temeraria demanda incoada en contra de mi representada, haciéndolo en los siguientes términos:
CONTESTACIÓN AL CAPÍTULO DE PRESTACIONES.
A.- La prestación enumerada con el inciso a) del escrito de demanda debe ser declarada improcedente por su señoría, toda vez que mi representada no realizo los actos de comercio que menciona la Actora, ni mucho menos haber contraído la obligación de pago derivado de las supuestas facturas a las que hace alarde la Actora.
B.- Su Señoría debe declarar como improcedente la prestación enumerad en el inciso b) del escrito de demanda, en virtud de que mi representada no realizo los actos de comercio que menciona la Actora, ni mucho menos pacto el pago de algún interés moratorio, por lo que no le asiste la razón para cobrar además interés sobre las supuestas facturas que comenta la hoy Actora.
C.- De igual forma la prestación indicada en el inciso c) del escrito de demanda debe ser declarada improcedente por su Señoría, toda vez que la ahora actora no tiene derecho al cobro de gastos y costas generados por la tramitación de la presente demanda, tal y como se acreditará durante el presente juicio.
CONTESTACIÓN AL CAPÍTULO DE HECHOS
1.- El hecho marcado con el número UNO del escrito inicial de demanda es totalmente FALSO, toda vez que las personas que menciona la actora, no son empleados de mi mandante. Se hace la aclaración que en los sistemas de la compañía aparece registrado y/o dado de alta como proveedor la empresa KISS INTERNACIONAL S.C. DE R.L. DE C.V., desde el día 31 de diciembre de 2000.
2.- El hecho marcado con el número DOS del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
3.- El hecho marcado con el número TRES del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
4.- El hecho marcado con el número CUATRO del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
5.- El hecho marcado con número CINCO del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
6.- El hecho marcado con el número SEIS del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
7.- El hecho marcado con el número SIETE del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
8.- El hecho marcado con el número OCHO del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
9.- El hecho marcado con número NUEVE del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
10.- El hecho marcado con número DIEZ del escrito inicial de demanda NI SE AFIRMA NI SE NIEGA, por no ser propio.
Como se podrá observar su señoría DICHAS FACTURAS FUERON EXPEDIDAS DE MANERA UNILATERAL POR LA AHORA ACTORA, SIN INTERVENCIÓN DE MI REPRESENTADA, asimismo, fueron recibidas por PERSONAS DISTINTAS AL SUSCRITO o representante legal alguno de mi representada, acusadas de recibido por una tal “Sonia Ríos y “Maricela R.V.” de las cuales además de no mencionar su nombre completo, se niega y desconoce que dichas personas trabajen para mi representada. Es importante destacar a su señoría que la Actora, no acredita con ningún documento que algún representante legal de mi representada le haya ordenado o pedido, la supuesta mercancía que viene descrita en las supuestas facturas y guías de mensajería, es decir, de forma unilateral mando entregar dichas mercancías, recibiéndolas personas ajenas al personal de mi representada.
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