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Enviado por lidrovo • 17 de Noviembre de 2014 • 350 Palabras (2 Páginas) • 132 Visitas
SUGERENCIAS PARA EL TRAMITE DE SINIESTRO DE SEGUROS EN LIQUIDACION:
1.- La recepción de notificaciones de siniestros la deberá realizar una persona encarga específicamente de registras todas las notificaciones de siniestros de los diferentes ramos, sean estos reportes telefónicos, personales o vía mail, registrará en su hoja de control la notificación con los datos respectivos, realizará la apertura de la carpeta, adjuntará los documentos que le hayan sido entregados y entregará la carpeta al ejecutivo de siniestros.
2.- El ejecutivo de siniestros procederá a realizar la apertura del reclamo dentro del sistema y realizará la solicitud por escrito al asegurado de los documentos de respaldo respectivos, para determinar la cobertura y cuantificar la pérdida.
- La carta de solicitud de documentos deberá ser entregada al jefe de Siniestros para que la revise, la sumille y sea pasada para la firma del Sr. Liquidador o su Delegado en la oficina.
3.- Una vez documentado el siniestro, se realizará el ajuste correspondiente y determinará el monto que será aprobado por Seguros Bolivar, procediendo a elaborar una carta de aprobación de presupuesto y/o pérdida y solicitará al asegurado el envío de la factura debidamente cancelada pidiendo la inscripción de su acreencia.
- Toda carta de aprobación de presupuestos deberá ser revisada por el jefe de Siniestros el cual la sumillará y pasará para la Firma del Sr. Liquidador o su delegado
4.- Para los casos de determinación de pérdida total se deberá adjuntar adicional a las proformas de reparación que determinen la pérdida total del bien, un avalúo del estimado de venta del salvamento, con la carta de declaratoria formal de pérdida total y solicitud de la documentación respectiva, la cual deberá ser revisada y sumillada por el Jefe de Siniestros para luego ser pasada para la firma del Sr. Liquidador y/o su Delegado
5.- Todo tipo de siniestro que requiera la venta o devolución de un salvamento deberá ser revisado por el Jefe de siniestros el cual pondrá sus observaciones por escrito, sumillará y solo podrá ser autorizado y firmado por el Sr. Liquidador.
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