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Inhabilitación E Interdicción En Venezuela


Enviado por   •  9 de Febrero de 2013  •  1.100 Palabras (5 Páginas)  •  772 Visitas

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INTERDICCIÓN

Concepto y clases

Estado de una persona a quien se ha declarado incapaz para los actos de l vida civil por adolecer de un defecto intelectual grave o discapacidad mental, o por virtud de una condena penal. La interdicción puede ser de dos clases:

a) Interdicción Judicial

b) Interdicción Legal

Interdicción Judicial

Es una medida de protección, pronunciada mediante sentencia declarativa, por virtud del cual el Tribunal, después de haber comprobado el estado de enajenación mental de una persona, la priva de la administración de sus bienes y organiza el régimen que atenderá su incapacidad de obrar.

Causas

“El mayor de edad y el menor emancipado que se encuentren es estado habitual de defecto intelectual que los haga incapaces de proveer sus propios intereses serán sometidos a interdicción, aunque tengan intervalos lúcidos.” Art. 393 CCV

“El menor no emancipado puede ser sometido a interdicción en el último año de su menor edad”. Art. 394 CCV

Procedimiento

a) Personas facultadas para promover la interdicción judicial: el cónyuge, los parientes del incapaz, cualquier persona a quien le interese y el Juez (Art.395 CCV)

b) Tribunal Competente: Juez que ejerza la jurisdicción especial de asuntos de familia, o en su defecto, el de Primera Instancia que ejerza la plena jurisdicción ordinaria. (Art. 735 CPC). Tratándose de un menor, debe ser el Tribunal de Protección NNA.

c) Fases del procedimiento: el procedimiento judicial está dividido en 2 etapas:

c.1) Sumaria: el Juez nombrará por lo menos 2 médicos psiquiatras para que evalúen y examinen al notado de demencia y emitan su dictamen (Art.733 CPC). Así mismo, el Juez debe proceder a interrogar a la persona y oír a 4 de loa parientes mas cercanos (Art.399 CCV)

c.2) Plenaria: la causa queda abierta a pruebas, los lapsos serán establecidos en artículos 392 y ss. del CPC; siempre que el Juez considere, podrá admitir pruebas en cualquier estado del proceso (Art. 734 CPC). Concluido el lapso probatorio, el Juez pasará a dictar su sentencia, q’ tiene consulta obligatoria con el superior (Art.736 CPC)

Efectos

• El entredicho queda privado de su capacidad negocial, y quedará sometido a la Tutela de Entredicho. por defecto intelectual.

• El entredicho pierde el gobierno de su persona.

• Los actos jurídicos anteriores a la interdicción pueden ser anulados si se probare que causan perjuicio (Art.405 CCV)

Tutela de entredicho por defecto intelectual

“El entredicho queda bajo tutela y las disposiciones relativas a la tutela de menores son comunes a la de los entredichos, en cuanto sean adaptables a la naturaleza de esta.” Art.397 CCV

• La primera delación que se produce será la legal. Arts. 398-399 CCV

• La función principal del tutor es procurar que el entredicho recobre su capacidad (Art.401 CCV)

• El cónyuge y padres no necesitan discernimiento para ejercer el cargo de tutores (Art.400 CCV)

• La tutela de entredichos cesa fundamentalmente por el tutor (cesación relativa)

La revocatoria de la interdicción puede ser solicitada por las mismas personas que la promovieron o por el mismo entredicho, probándose que cesaron los motivos que la originaron (Art.407 CCV)

Interdicción Legal

Es la resultante de una condena a presidio, siendo una pena accesoria que sigue necesariamente a la de presidio y no puede imponerse separadamente.

En la interdicción legal, el entredicho no tiene tutor, protutor ni Consejo de Tutela, es el Estado quien se convierte en su tutor.

Efectos

• El reo queda sometido a régimen penitenciario (Art.408CCV)

• El reo queda en capacidad de realizar actos estrictamente personales

• Se priva del ejercicio

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