Inter Criminis
Enviado por frankvaral • 25 de Noviembre de 2013 • 753 Palabras (4 Páginas) • 897 Visitas
FRANK VARGAS ALAVAREZ
BUEN DÍA
DERECHO PENAL
¿QUÉ ES EL INTER CRIMINIS?
Cerezo Mir: En los delitos dolosos se necesita dos elementos que son voluntad y conciencia.
El delito puede llegarse o no a ha consumarse. La realización pleno del delito se lo denomina consumado pero si este no llega a su totalidad se lo denomina Tentativa.
Luis Jiménez de Asúa:
Delito como un desarrollo dinámico. la idea surge en la mente de un hombre, hasta que, deliberada y resuelta, se presenta y consuma ( denominado practica inter criminis).
Desde el instante en que aparece la idea criminosa en el pensamiento de su autor, hasta el momento en que aquella se concretiza en una realidad material se habla de la “ vida del delito”, atravesando etapas se denomina inter criminis: camino del crimen, formas de aparición (Mezger), el grado de la fuerza física (Carrara), vida (Valdes), momentos dinámicos (Carnelutti), momentos sucesivos (Donnedieu de Vabres), etapas de la concreción(Welzel..
.
Wikipedia: Camino del Delito. Proceso en Desarrollo ( etapas que posee).
Mir Puig
El delito nace en la menta del autor como acción humana ( FASE INTERNA)
La fase de actos preparatorios y la fase de ejecución ( EXTERNA)
“Los actos preparatorios -observa- , -no siempre concurrentes- suponen un momento intermedio entre la fase interna y el propio inicio de la ejecución del tipo previsto en la parte especial. Procurarse los medios, observar el lugar, proporcionarse cómplices, son ejemplo de actos preparatorios. Iniciar la acción de disparar sobre la víctima ya es, en cambio, un ejemplo de comienzo de la fase ejecutiva”
Francisco Pavón Vasconce
Estudio de las fases recorridas por el delito (desde su ideación hasta su agotamiento)
El delito se encuentra en su fase interna cuando aún no ha sido exteriorizado; no ha salido de la mente del autor. En este estado se colocan a la ideación, a la deliberación y a la resolución de delinquir.
En concreto, la ideación, es el instante en que surge en el delincuente la idea de cometer delito, momento en que en su mente surge la intención de realizarlo. Idea que puede ser rechazada o no
La deliberación, el delincuente analiza si rechaza o no la idea de delinquir. En la deliberación es dónde el individuo medita sobre la idea criminosa, los pros y los contras.
Lucha interna donde hay contraposición entre las ideas criminosas y las del deber o del temor al castigo (resolución de delinquir)
Pavón Vasconcelos
La fase subjetiva no tiene trascendencia penal
El Derecho regula, esencialmente, relaciones entre personas y por ello el pensamiento no delinque
Bustos
No es posible el castigo de lo puramente interno, de lo que no se exterioriza
...