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JUICIO ORAL MERCANTIL - ESCRITO INICIAL


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  4.025 Palabras (17 Páginas)  •  1.441 Visitas

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             CAMIONES, REPUESTOS Y ACCESORIOS, S.A. DE C.V.            VS        

    FLETES AVELLA, S.A. DE C.V.

    JUICIO ORAL MERCANTIL

    ESCRITO INICIAL

C. JUEZ EN MATERIA CIVIL EN TURNO,  

EN CUAUTITLÁN MÉXICO, ESTADO DE MÉXICO.

P  R  E  S  E  N  T  E .

                 VERÓNICA ARADIAS CONTRERAS, JESÚS BENJAMÍN GONZÁLEZ OLIVERA, FABIOLA ESTRELLA GUTIÉRREZ LAZCANO, promoviendo en nuestra calidad de Apoderados Legales de la moral actora, CAMIONES, REPUESTOS Y ACCESORIOS, S.A. DE C.V., personalidad que acreditamos en términos de la escritura  notarial número 156,169, de fecha cinco de noviembre de dos mil trece, pasada ante la fe del licenciado SALVADOR GODINEZ VIERA, Notario Público número 42 del Distrito Federal, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, aún los de carácter personal, el ubicado en AVENIDA SAN JERÓNIMO NÚMERO 424, PRIMER PISO, COLONIA JARDINES DEL PEDREGAL, DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, autorizando para los mismos efectos, además de la recepción de valores, a los Licenciados Marcos Rigoberto Romo Villegas, Hilario Hernández Cruz, Zuleth Gabriela Ramos Lara, Fernando Silvestre Vera Guzmán, Armando Cisneros Oropeza, Alan Reyes Ferrer, Mara Orea Romero y Octavio Flores Venegas, para actuar conjunta o separadamente, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

                 Que por medio del presente escrito, y con fundamento en los artículos 1390 bis y demás relativos a aplicables del Código de Comercio, venimos a demandar en la “VIA ORAL MERCANTIL”, a la moral denominada “FLETES AVELLA, S.A. DE C.V.”, quien puede ser notificada y requerida de pago en AVENIDA FERROCARRILES NACIONALES PONIENTE SIN NÚMERO, COLONIA GUADALUPE, MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN MÉXICO, ESTADO DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 54800, reclamándole las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

                 A.- El pago de la cantidad de $523,401.68 (QUINIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS UN PESOS 68/100 M.N.), por concepto de suerte principal derivado de diversos documentos mercantiles de los denominados facturas y contra recibos, mismos que se exhiben como base de la presente acción.

                 B.- El pago de los intereses moratorios a razón del 6% (Seis por Ciento) anual, tal y como lo establece la ley mercantil.

                 C.- El pago de gastos y costas que se generen con motivo del presente juicio.

C O M P E T E N C I A

Es competente para conocer del presente asunto su Señoría, en términos del artículo 1104 del Código de Comercio, que se cita a continuación:

(Código de Comercio) Artículo 1104.- Salvo lo dispuesto en el artículo 1093, sea cual fuere la naturaleza del juicio, será juez competente, en el orden siguiente: I. El del lugar que el demandado haya designado para ser requerido judicialmente de pago; II. El del lugar designado en el contrato para el cumplimiento de la obligación. III. El del domicilio del demandado. Si tuviere varios domicilios, el juez competente será el que elija el actor. Tratándose de personas morales, para los efectos de esta fracción, se considerará como su domicilio aquel DONDE SE UBIQUE SU ADMINISTRACIÓN.

Por lo que, al realizar un análisis de los basales de la acción (facturas), si bien es cierto que el domicilio del hoy demandado, se asentó como AVENIDA FERROCARRILES NACIONALES PONIENTE SIN NÚMERO, COLONIA GUADALUPE, MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 54800”, también lo es que, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifestamos que se capturó así por error involuntario del personal de mi representada, sin embargo, el domicilio correcto es el señalado en éste Municipio, aunado a que, acompaño al presente escrito inicial:

  1. Impresión del Aviso de Actualización o Modificación de Situación Fiscal, del Servicio de Administración Tributaria, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, debidamente certificado por el Notario Público Número Ciento Cuarenta y Nueve del Estado de México, el Licenciado José Manuel Gómez del Campo Gurza. Documento emitido por dependencia de Gobierno, y que debe ser considerado por su Señoría, pues el registro en él, lo realiza la misma moral demandada, debiendo entenderse que en ése domicilio tiene ubicada su administración, esto es, en el domicilio: AVENIDA FERROCARRILES NACIONALES PONIENTE SIN NÚMERO, COLONIA GUADALUPE, MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN MÉXICO, ESTADO DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 54800. Por lo que, en este orden de ideas, su Señoría es competente para conocer del juicio entablado.

  1. Impresiones de la página de internet de la hoy demandada, en donde consta su domicilio, robusteciendo el hecho de que la moral ubica su administración en el Municipio de Cuautitlán México, constancias que han sido pasadas por la fe pública del Corredor Número Setenta y Siete en la Plaza del Distrito Federal, el Licenciado Carlos Roberto García Ángeles, quien emite el Acta número Mil Noventa y Ocho, del Libro de Registro Número Uno, de fecha veintitrés de febrero de dos mil quince, solicitada por la Apoderada Legal de la actora, en donde se revisó vía internet, entre otros documentos, el título de registro de la marca “Metro Logistics”, propiedad de “FLETES AVELLA, S.A. DE C.V.”, toda vez que, en todos y cada uno de los basales de la acción, consta en el sello de recepción, el logotipo de “Metro Logistics”. Reiterando el domicilio en éste Municipio. Acta que se adjunta al presente escrito de demanda.   

H E C H O S

                 1.- Mi representada es una sociedad mexicana, legalmente constituida, teniendo como principal objeto de sus actividades la compra venta de unidades, refacciones automotrices, mantenimiento, y todo lo relacionado con la industria automotriz.

                 2.- La ahora demandada y mi representada, venían de manera regular realizando operaciones de carácter mercantil por medio de las cuales la moral “FLETES AVELLA, S.A. DE C.V.”, solicitaba refacciones a mi representada, mismas que eran entregadas en el domicilio de la hoy demandada, ubicado en AVENIDA FERROCARRILES NACIONALES PONIENTE SIN NÚMERO, COLONIA GUADALUPE, MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN MÉXICO, ESTADO DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 54800.

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