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Juicio Ejecutivo Mercantil


Enviado por   •  15 de Mayo de 2015  •  1.079 Palabras (5 Páginas)  •  271 Visitas

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Luis Manuel Meza Andrade

VS

Jesús Israel Garcia Juicio Ejecutivo Mercantil

Escrito Inicial

C. JUEZ MENOR MIXTO

DEL PARTIDO JUDICIAL

DE VALLE DE SANTIAGO

C. LUIS MANUEL MEZA ANDRADE, en ejercicio de mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos, la casa marcada con el número 21 de la calle Pino, colonia Los Pinos, Municipio de Valle de Santiago, código postal 38400, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio de este escrito, en la vía ejecutiva mercantil y en ejercicio de la acción cambiaria directa, vengo a demandar del C. JESUS ISRAEL GARIA, quien puede ser emplazado en su domicilio, ubicado en la casa marcada con el número 2, de la calle Florencia, colonia Valle Dorado, código postal 38400, de la Ciudad de Valle de Santiago, Guanajuato, las siguientes,

PRESTACIONES:

a) El pago de la cantidad de $1,500.00 (MIL QUINIENTOS PESOS 00/100, M.N.), por concepto de suerte principal, consignada en el pagaré adjunto a esta demanda como documento base de la acción.

b) El pago de la cantidad de $900 (NOVECIENTOS PESOS 00/100, M.N.), por concepto de réditos al tipo del diez por ciento mensual, causados desde fecha de vencimiento del documento, hasta la fecha de presentación de esta demanda.

c) El pago de los réditos al tipo del diez por ciento mensual, que se sigan causando y generando, desde la fecha de presentación de esta demanda, hasta la total liquidación del adeudo.

Se funda la acción, en los siguientes puntos de hecho y consideraciones de derecho:

HECHOS:

PRIMERO.- Con fecha 30 de Junio del año dos mil catorce, el C. JESUS ISRAEL GARCIA, suscribió en favor del suscrito LUIS MANUEL MEZA ANDRADE., un pagaré por la cantidad de $1,500.00 MIL QUINIENTOS PESOS 00/100, M.N.), pagadero en esta Ciudad VALLE DE SANTIAGO, GUANAJUATO y con fecha de vencimiento al día 30 de Julio del año dos mil catorce, tal y como se acredita con el pagaré que se adjunta a esta demanda, como documento base de la acción.

SEGUNDO.- Como es visible en el documento base de la acción, el suscriptor convino en pagar intereses moratorios al tipo del diez por ciento mensual, por todo el tiempo que se encuentre insoluto el capital.

TERCERO.- Por más gestiones extrajudiciales empleadas para obtener el pago de lo adeudado, el demandado JESUS ISRAEL GARCIA se ha negado a efectuarlo, por lo que resulta procedente esta demanda en la vía y forma propuestas.

DERECHO:

En cuanto al fondo, son de aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos del 170 al 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

El procedimiento a seguir, se encuentra regulado por los artículos del 1391 al 1414 del Código de Comercio en vigor.

PRUEBAS:

PRIMERA.- LA DOCUMENTAL, consistente en el pagaré de fecha 30

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