Juicio Ordinario Mercantil Casas Hir, S.A. de C.V.
Enviado por RaquelDe • 8 de Noviembre de 2018 • Apuntes • 962 Palabras (4 Páginas) • 288 Visitas
Ciudadano Juez de lo Civil en turno, en la Ciudad de México.
P r e s e n t e.
Juicio Ordinario Mercantil
Casas Hir, S.A. de C.V.
Vs.
Juan Manuel Díaz Herrera
Asunto: Se demanda
Pedro López Gutiérrez apoderado legal de la sociedad “Casas Hir” S.A. de C.V., personalidad que se acredita través del instrumento notarial número 20,402, expedida por el notario público Mario Alberto Montero Serrano, titular de la notaría pública número 2 de la Ciudad de México, mismo que se anexa a la presente demanda, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en como domicilio procesal el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma 243, piso 17, interior 2, “Torre Mapfre”, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06500, con el debido respeto comparezco y al efecto:
Expongo
En nombre de mi representada, con fundamento en el artículo 1377 del Código de Comercio, estando en tiempo forma legal a interponer demanda en la Vía Mercantil Ordinaria, en contra del C. Juan Manuel Díaz Barrera, quien puede ser llamada a juicio en el domicilio ubicado en Av. De los Insurgentes Sur 1608, colonia Crédito Constructor, CP. 03940, Ciudad de México, de quien reclamo el pago y cumplimiento de las siguientes:
Prestaciones
- A su Señoría se le solicita que declare la rescisión del contrato de compraventa de 25 de marzo de 2017 denominado “Compraventa de Inmueble”, celebrado por el suscrito y el ahora demandado, ello en virtud del cumplimiento de pago acordado en concepto de la compraventa de un bien inmueble, dicho contrato se anexa a la presente demanda.
- El pago por parte del demandado de la cantidad de $5,000,000 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), por concepto de pena convencional en términos de la cláusula 10 del contrato de 25 de marzo de 2017 denominado como “Compraventa de Inmueble”, en tanto que el pago acordado por la parte demandada para la adquisición del bien inmueble no fue pagado en los plazos acordados en el contrato.
- La restitución del bien inmueble a esta parte actora, como efecto de la rescisión del contrato de compraventa.
- El pago de una renta por el uso y gozo del bien inmueble por parte del demandado, ello por el tiempo que hasta la fecha ha habitado en el mencionado inmueble, sin que este, e efecto del incumplimiento del contrato, no sea de su propiedad. Lo anterior a juicio de peritos.
- El pago de todos los daños y perjuicios derivados del incumplimiento del contrato, ello toda vez que el principal giro comercial de mi representada es la compra y venta de inmuebles, y que dicho incumplimiento ha privado a mi representada del pago al cual, debidamente tiene derecho mi representada.
- Por el pago de gastos y costas que se generen por la tramitación del presente juicio.
Fundo mi demanda en los siguientes puntos de Hecho y de Derecho:
Hechos
- Con fecha 25 de marzo de 2017, se celebró el contrato denominado “Contrato de Compraventa de Inmueble” y que acepta en todas sus partes el C. Juan Manuel Díaz, para la compraventa del bien inmueble con domicilio en Avenida Insurgente Sur número 2385, Colonia San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, en México, Distrito Federal
- Que derivado de la cláusula 8 del citado contrato, el ahora demandado acordó la realización del pago por concepto de la compraventa del ya mencionado inmueble, el 25 de marzo de 2017, estando a la fecha de la presentación de la demanda la fecha 2 de mayo de 20017.
- De lo anterior que, en caso de incumplimiento por alguna de las partes, y conforme a la establoecido en la clausula 12 del contrato, las partes acordaron someterse a la jurisdicción de ese Juzgado con residencia en la ciudad de Mexico para el efecto de reolver la controversia nacida entre los contratantes.
- Por su parte mi representada ha cumplido en todo momento con sus obligaciones de pago, de conformidad con lo pactado en el ya referido contrato.
- En los términos de la cláusula 10 del sinalagmático, las partes pactaron una pena convencional de la siguiente literalidad:
“En el caso en que la contratista, no cumpla con las fechas de entregas parciales, indicadas, más arriba, se hará acreedor a una penalidad del 100% del valor de la compraventa”. Siendo para el caso que nos ocupa, la cantidad de $5,000,000 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.)
- Ante la negativa a cumplir con lo pactado es que se comparece en la vía y forma propuesta a demandar el pago de las prestaciones que se reclaman.
En ese orden de ideas, y como fundamento de lo anterior, se exhiben y ofertan las siguientes:
Pruebas:
- Consistente copia certificada del instrumento notarial número 20,402, expedida por el notario público Mario Alberto Montero Serrano, titular de la notaría pública número 2 de la Ciudad de México, con el cual acredito mi personalidad en el presente procedimiento.
- Original del contrato de compraventa de fecha 25 de marzo de 2017 denominado “Contrato de Compraventa de Inmueble” celebrado entre Casas Hir y Juan Manuel Díaz Barrera.
Con lo anteriormente expuesto, a su Señoría le;
Pido
PRIMERO.- Se me reconozca el carácter con que comparezco.
SEGUNDO.- Se me tenga señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el mencionado en el proemio del presente escrito.
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