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Jurisprudencia


Enviado por   •  6 de Febrero de 2015  •  372 Palabras (2 Páginas)  •  150 Visitas

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA

PRIMER JUZGADO DE TRABAJO

13

B.-

El reembolso de las costas y costos del proceso es

de cargo de la parte vencida de

acuerdo al

Artículo 412

del Código Procesal Civil, sin embargo, siendo la e

ntidad

demanda una entidad conformante del Estado, se encu

entra exenta del pago de las costas

conforme al artículo 413 del mismo texto adjetivo,

correspondiendo únicamente la

condena de costos, de conformidad con la pre citada

, Sétima Disposición Complementaria

de la Ley 29497; siendo que, respecto al reconocimi

ento de honorarios profesionales a

favor del abogado del demandante, la misma que cons

tituye costos procesales; por lo que,

estando a que las pretensiones demandadas han sido

amparadas; resulta razonable

reconocer como honorarios profesionales a favor del

abogado del demandante el

equivalente al quince por ciento de lo obtenido com

o consecuencia de la presente

sentencia, la misma que será de cargo de la parte v

encida en ejecución de sentencia.

III. PARTE RESOLUTIVA

Por estos fundamentos, administrando Justicia en no

mbre de la Nación, con sujeción a la

Constitución y la Ley

DECLARO

:

FUNDADA EN PARTE

la demanda por la

pretensión de

INDEMINIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUCIOS POR LUCRO

CESANTE

,

PAGO DE BENEFICIOS ECONÓMICOS Y DEPOSITO DE LA

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS,

interpuesta por

CARLOS

EDUARDO CABANA MANTILLA

en contra de la

SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT,

en consecuencia,

ORDENO

que la demandada pague a favor del demandante la s

uma de

TREINTA Y

TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 43/100 NUUEV

OS SOLES;

por los siguientes conceptos: Indemnización por luc

ro cesante

la suma de veintinueve mil

cuatrocientos noventa y tres con 33/100 nuevos sole

s; vacaciones no gozadas y

vacaciones truncas la suma de tres mil ochocientos

treinta y nueve con 10/100 nuevos

soles.

ORDENO

que la demandada cumpla con depositar a la cuenta

de Compensación

por Tiempo de Servicios del demandante en la suma d

e

un mil cuatrocientos cincuenta y

uno con 50/100 nuevos soles

,

mas intereses laborales, con costos procesales, por

lo que,

se reconoce como honorarios profesionales para el a

bogado del demandante el

equivalente al quince por ciento de lo obtenido en

el presente proceso, que se liquidará en

...

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