ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Jurisprudencia


Enviado por   •  18 de Enero de 2015  •  1.359 Palabras (6 Páginas)  •  287 Visitas

Página 1 de 6

Jurisprudencia

Jurisprudencia es el conjunto de sentencias de los tribunales y a la doctrina que contienen, también puede utilizarse para hacer referencia al criterio sobre un problema jurídico que fue establecido por sentencias previas y a la ciencia del derecho en general. La jurisprudencia es una fuente del derecho, compuesta por actos pasados de los que ha derivado la creación o modificación de las normas jurídicas.

Los tribunales son los que emiten la jurisprudencia, que forman parte del Poder Judicial de la Federación que es encabezado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien también actúa como Máximo Tribunal de la Nación; así como los Tribunales de los Poderes de los Gobiernos Estatales.

Tesis aislada

Una tesis aislada en un criterio emitido por un Tribunal Colegiado o por la SCJN (en pleno o en salas) interpretando algún precepto legal pero no ha alcanzado a ser obligatoria, sin embargo, si sirve para orientar criterio y en ocasiones, para interrumpir jurisprudencia.

IUS DEFINICIONES

Principio pro homine

Principio pro homine o pro persona. Si en un caso concreto no se actualiza la antinomia de dos normas que tutelan derechos humanos para que el juzgador interprete cuál es la que resulta de mayor beneficio para la persona, aquél no es el idóneo para resolverlo.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, al explicar el alcance de este principio, en relación con las restricciones de los derechos humanos, expresó que "entre varias opciones para alcanzar ese objetivo debe escogerse aquella que restrinja en menor escala el derecho protegido". Así, cuando esa regla se manifiesta mediante la preferencia interpretativa extensiva, implica que ante diferentes interpretaciones de un dispositivo legal, debe optarse por aquella que conduzca a una mejor y más amplia protección de los derechos fundamentales, descartando así las que restrinjan o limiten su ejercicio. Bajo este contexto, resulta improcedente que, a la luz del principio pro homine o pro persona, pretendan enfrentarse normas de naturaleza y finalidad distintas, sobre todo, si no tutelan derechos humanos (regulan cuestiones procesales), pues su contenido no conlleva oposición alguna en materia de derechos fundamentales, de modo que el juzgador pudiera interpretar cuál es la que resulta de mayor beneficio para la persona; de ahí que si entre esas dos normas no se actualiza la antinomia sobre dicha materia, el citado principio no es el idóneo para resolver el caso concreto.

Tercer tribunal colegiado en materia penal del segundo circuito.

Amparo en revisión 35/2012. 3 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: José Valle Hernández. Secretaria: Gabriela Bravo Hernández.

Amparo directo 3/2013. 7 de marzo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Selina Haidé Avante Juárez. Secretario: Marco Antonio Fuerte Tapia.

Amparo directo 17/2013. 22 de marzo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Selina Haidé Avante Juárez. Secretario: Marco Antonio Fuerte Tapia.

Amparo en revisión 68/2013. 30 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: José Merced Pérez Rodríguez. Secretaria: Miriam Castro Salazar.

Amparo directo 121/2013. 19 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: María del Pilar Vargas Codina, secretaria de tribunal autorizada para desempeñar las funciones de Magistrada con fundamento en el artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el diverso 42, fracción V, del Acuerdo General del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo. Secretario: Israel Jacob Soto Alcántara.

Ejecutorias: Amparo directo 121/2013.

Esta tesis se publicó el viernes 07 de febrero de 2014 a las 11:16 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 10 de febrero de 2014, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.

Etapas de la garantía de audiencias

El artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos alude a las formalidades esenciales del procedimiento, las cuales deben entenderse como aquellas que garantizan una adecuada y oportuna

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com