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LA NACIONALIDAD


Enviado por   •  1 de Abril de 2014  •  2.511 Palabras (11 Páginas)  •  220 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo, se exponen diversos conceptos relativos a la nacionalidad, como lo son el determinar qué es la nacionalidad y cómo se adquiere. A fin de entender plenamente este concepto jurídico, es necesario conocer sus orígenes y hacer un estudio de los elementos que la constituyen o que de alguna manera influyen en su aplicación.

Veremos tanto su aspecto sociológico como jurídico, así como las consecuencias de determinadas acciones en la aplicación de la misma. Aprenderemos como la formación de la nación se relaciona estrechamente con la nacionalidad y cómo de la relación del individuo con el Estado surgen derechos y deberes que determinan la convivencia dentro de esa sociedad.

También estudiaremos el efecto de la nacionalidad múltiple y su desarrollo en el ordenamiento jurídico dentro de un Estado.

En el caso de la República de Panamá, conoceremos sobre el origen de la nacionalidad panameña al emerger como Estado soberano, y al estudiar su Carta Magna, especialmente lo relativo a la nacionalidad, entender su funcionamiento y aplicación dentro de nuestra propia legislación.

II. CONCEPTO

El término nacionalidad se origina de la palabra latina natio, nación, que era para los romanos un grupo sociológicamente formado a diferencia de populus, que era una agrupación de individuos unificados por el derecho.

El concepto jurídico de nacionalidad tiene su origen en el Derecho romano, que sólo otorgaba protección a los miembros de las civitas romana y únicamente los ciudadanos romanos gozaban de la plenitud de los derechos públicos y privados, en oposición al peregrinus, que carecía de derechos, que le fueron concedidos, parcialmente, en época tardía.

La nacionalidad es una condición social, cultural y espacial en la que influyen numerosos elementos que definen el escenario político y organizacional de un grupo determinado de personas.

Nacionalidad significa también la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo del individuo con un Estado concreto le genera derechos y deberes recíprocos.

Con la creación de un Estado por parte de una nación, la nacionalidad adquiere un carácter legal.

III. IUS SANGUINIS - IUS SOLI

IUS SANGUINI o derecho de sangre, es el criterio jurídico que puede adoptar un ordenamiento para la concesión de la nacionalidad. Es aplicado en la mayoría de las legislaciones de los países europeos, el recién nacido obtiene la nacionalidad que tiene su padre (también su madre) al momento de nacer, sin que importe en donde haya ocurrido el nacimiento. Luego habrá que inscribir su nacimiento.

IUS SOLI o derecho de suelo, proviene del latín y es aplicada en la mayoría de las legislaciones de los países americanos, el recién nacido obtiene la nacionalidad del país donde ha nacido, sin que importe la nacionalidad de sus progenitores. Así que un niño nacido dentro del territorio de un país ius soli adquiere la nacionalidad de ese país automáticamente, sin importar de dónde son sus padres. Luego habrá que inscribir su nacimiento en un Registro Civil local.

El ius sanguinis trata de proteger los derechos de los emigrantes. Se utiliza en mayor medida en aquellos países que, por su situación socioeconómica , tienen tendencia a mayor emigración. Es el derecho de la sangre, por tanto, esta expresión latina da a entender que la nacionalidad y los derechos de una persona se rigen por la legislación de su patria familiar de origen, es decir, por la sangre aun cuando ésta no sea originaria. En este sentido, los hijos que nacen en el extranjero mantienen la nacionalidad de sus padres; esto sin perjuicio del derecho de opción de otra nacionalidad, que pueda corresponderle al llegar a determinada edad. El ius soli, sin embargo, se utiliza más en países receptores de emigrantes, dado que se adecúa más a la realidad social.

IV. ESENCIA DE LA NACIONALIDAD

Sobre la esencia de la nacionalidad existen dos grandes grupos de teorías. Un primer grupo, que es el de las teorías naturalistas. Un segundo grupo, que es el de las teorías espiritualistas.

Las teorías naturalistas son aquellas que consideran que la esencia de la nación consiste en una cosa natural; por ejemplo, la sangre, la raza, o un determinado territorio de fronteras bien definidas geográficamente, un idioma. A este grupo de teorías naturalistas es posible oponer graves y decisivas objeciones.

Sin duda alguna la sangre, la raza, constituye un ingrediente importante en la formación de la nacionalidad. Pero ese ingrediente por sí solo no hace la nación y la esencia misma de la nación. El elemento racial en una nación es, desde luego, importante; pero no el único y, menos aún, el esencial.

Los territorios nacionales varían a lo largo de la historia y sufren las vicisitudes de la historia. Dependen de la nacionalidad; no la nacionalidad depende de ellos. Por consiguiente tampoco puede decirse que la contigüidad de población o el territorio común constituyen la esencia de la nacionalidad.

El idioma por su parte, es un producto del espíritu nacional, lejos de ser la causa agente del mismo. El lenguaje, cambia, evoluciona en el curso de la historia; justamente el estudio minucioso de esos cambios históricos del idioma nacional revela la actuación sobre él del espíritu, del alma nacional, que, modifica el cuerpo del idioma acomodándolo a las necesidades espirituales de la nación. Por eso pueden en una nación coexistir idiomas distintos sin que ello infiera menoscabo a la unidad nacional; porque la unidad nacional no depende de la unidad lingüística. Tampoco la lengua constituye la esencia de la nacionalidad.

Ni la raza, ni la sangre, ni el territorio, ni el idioma bastan, para dilucidar el «ser» de una nación.

Las teorías naturalistas de la nacionalidad son, pues, en su fondo, erróneas; porque desde el primer instante cometen el error de considerar la nación como una cosa natural, cuya explicación, tendría que hallarse, en cosas naturales. Ahora bien, la nacionalidad no es cosa; ni menos cosa natural. La nación está por encima de las realidades naturales y de toda cosa concreta; porque la nación es creación exclusivamente humana.

El hombre, si por un lado pertenece a la naturaleza y participa de las cosas, a cuyas leyes obedece, es, por otro lado, el único ser natural dotado de la libertad.

El hombre, porque es libre, necesita hacerse a sí mismo su propia vida. La libertad humana consiste justamente en eso: en que la vida del hombre no viene de antemano hecha por las leyes de la naturaleza, sino que es algo que el hombre mismo, al vivirla, tiene que hacer y resolver

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