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LA SUMUSION DEL ESTADO AL DERECHO


Enviado por   •  10 de Abril de 2014  •  1.042 Palabras (5 Páginas)  •  281 Visitas

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LA SUMISION DEL ESTADO AL DERECHO

El Estado está sometido al derecho, no tan solo en el plano internacional, en sus relaciones con los demás Estados, que son sus iguales, sino también en el plano interno, en las relaciones con sus súbditos, individualmente o en conjunto, únicos con respecto a los cuales posee la soberanía.

Soberanía no significa voluntarismo puro, sin acatamiento a ninguna regla de fondo o de competencia; en una palabra arbitrariedad. Soberanía significa derecho de disponer por sí solo, en última instancia, pero no haciendo a un lado toda regla, sino por aplicación y en virtud de una regla en contrario. Esta regla es la que rige al Estado y todas las actividades que están al servicio del mismo, es decir el bien público temporal.

La soberanía o derecho de decisión suprema del Estado no existe más que relativamente a las cosas que entran en su competencia, o sean, las cosas públicas. La soberanía no es una cosa de la que el Estado pueda disponer libremente. Constituye, en el sistema estatal, un elemento de esencia: es la manera de ser del Estado. Renunciando a su soberanía o limitándola en provecho de sus súbditos, el Estado se negaría a si mismo, y los gobernantes que hubiesen consentido en esta limitación serian culpables de delito grave. No bastaría decir que después de la limitación el Estado conservaría la suficiente soberanía para cumplir sus deberes, porque una de dos: o la soberanía es absoluta, sin duda porque así debe ser, y el Estado tiene necesidad de una soberanía de esa especie, o no es absoluta, pero no pertenece al Estado juzgar y decidir acerca de ello.

Hay límites objetivos de la soberanía del Estado que derivan, como la soberanía misma, de la naturaleza del Estado, de su fin y de su misión.

Los límites objetivos de la soberanía; contenidos en la regla del bien público temporal, puede clasificarse como sigue:

• Un límite de competencia: El Estado no está facultado para rebasar los límites de lo “temporal” y de lo “publico”, ni para inmiscuirse en dominios extraños a su fin o a sus medios de acción.

• Un programa positivo: La realización efectiva del bien público en sus diversos elementos de orden y de ayuda, materiales y morales, de fin o de medio.

De una manera general, a titulo previo y dominando todas las demás limitaciones, el Estado está también ligado por los preceptos de la honestidad común. El Estado debe portarse como un “hombre honesto”, no tan solo por una razón ejemplar, sino porque, en cierta forma, es hombre y, por tanto, está sometido a las normas de conducta que gobiernan a la humanidad.

Tales son los límites, de competencia y de fondo, del poder soberano del Estado. Son numerosos y graves, sin que sea posible precisarlos de antemano, especialmente en lo que concierne a la norma del bien público.

Si, los límites de la soberanía son generales e indeterminados, ¿Qué autoridad tendrá facultad para determinar esos límites en el terreno de las aplicaciones? Cuando se trata de decidir acerca de la competencia y el Estado se encuentra frente a otra autoridad constituida que está obligado a reconocer, se entrevé

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