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LA nueva Introducción al Derecho (Resumen)


Enviado por   •  9 de Octubre de 2015  •  Resumen  •  2.198 Palabras (9 Páginas)  •  207 Visitas

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Segunda parte

1.- Clases de normas de conducta

* Elementos de las normas

   -  Exterioridad-Interioridad

Exterior: ella regula únicamente las acciones efectivamente emitidas o exteriorizadas del sujeto obligado, desentendiéndose de las motivaciones que éste pueda tener para actuar en uno u otro sentido. Actúa conforme al deber establecido.

Interior: ella regula no sólo las acciones efectivamente emitidas, sino que también su regulación interna, es decir, las motivaciones que pueda haber tenido para actuar en un sentido o en otro. Actúa por el deber de que se trate.

  • Autonomía-Heteronomía

Autonomía: sujeción al querer propio, una norma es autónoma cuando advertimos que ella es producida por el mismo sujeto obligado, por lo que este le debe obediencia, este sujeto es su propia autoridad normativa. Se puede distinguir entre Autonomía en su origen; cuando el sujeto constituye la norma. Y también está la Autonomía en el imperio; cuando no es producida por el sujeto, pero este la adopta, en un acto libre y consciente. Ej. normas religiosas.

Heteronomía: sujeción al querer ajeno, desde el punto de vista de su origen, ella venga producida por un sujeto distinto de aquel  que le debe acatamiento, es decir, por una autoridad normativa fuera y por encima de los sujetos destinatarios.  Existe heteronomía en su origen y en su impero. Ej. las normas jurídicas, por ejemplo ley de impuesto, los sujetos no la constituyen pero deben aceptarla aun cuando no la crean.

  • Unilateralidad-Bilateralidad

Unilateral: impone a un sujeto una determinada obligación, sin conceder a un sujeto distinto del obligado la facultad de exigir el cumplimiento del deber de que se trate.

Bilateral: junto con imponer a un sujeto una determinada obligación, y además concede a otro sujeto distinto del obligado la facultad de exigir el cumplimiento del deber. Es posible distinguir dos sujetos, el sujeto pasivo, en el cual pesa el deber. Ej. pagar una deuda. Está también el sujeto activo, el cual está investido de la facultad para exigir el cumplimiento del deber. Ej. cobrar dinero que le deben.

  • Coercibilidad-Incoercibilidad

Coercibilidad: designa la legítima posibilidad de auxiliarse de la fuerza socialmente organizada para obtener el cumplimiento de una norma o para la aplicación de una sanción en el caso de que la norma ya hubiera sido infringida.

Incoercibilidad: Para conseguir su cumplimiento u obtener la aplicación de la sanción que ella contemple para el caso de incumplimiento, no es posible recurrir a la fuerza socialmente organizada.

2.- Las normas de trato social

Concepto: Prescripciones originadas al interior de una grupo social determinado,  para la realización de fines como la urbanidad, el decoro, la cortesía, etc. Dicha norma tiene una sanción difusa, se trata del rechazo o repudio social. La costumbre juega un rol fundamental, ya que las personas tienden a comportarse de manera idéntica. Ej. Saludar a su vecino.

Además tienden a influir en la conducta de los sujetos a quienes van dirigidos.

Se distinguen dos usos:

Usos fácticos: práctica habitual, que no lleva una sanción en caso de incumplimiento. Ej. Almorzar en un restaurant a las 6 de la tarde.

Usos normativos: práctica habitual, la cual su incumplimiento lleva una sanción social. Ej. comer con la mano en un restaurant, lleva consigo el rechazo social.

  • Hábitos de conducta convergente: no constituyen un deber, es costumbre.
  • Reglas sociales: constituyen un deber.

  • Características de las normas de trato social.
  • Son exteriores: regulan sólo las conductas efectivamente emitidas por los correspondientes sujetos normativos. Las motivaciones resultan por tanto indiferentes para certificar el cumplimiento de la norma.
  • Son heterónomas: tienen su origen en el grupo social respectivo.
  • Son bilaterales: imponen deberes a un sujeto no para consigo mismo, sino para con los demás, y no pueden exigir su cumplimiento por medios forzados.
  • Son incoercibles: no existe la legítima posibilidad de hacer uso de la fuerza socialmente organizada para favorecer su cumplimiento,
  • Derecho corporativo: normas de trato social en las cuales las sanciones están institucionalizadas, por lo que se puede obligar a cumplir con la norma o hacer cumplir la sanción estipulada por el grupo.

3.- Las normas morales

Ética: referido al actuar humano, alude al comportamiento, el cuál se puede calificar de bueno o de correcto.

Moral: 3 niveles

  • Moral prescriptiva: instituye normas morales para influir en el comportamiento de la gente. Ej. No robar.
  • Moral descriptiva: interpreta el significado de las normas morales para su entendimiento. Ej. En Chile robar no está permitido.
  • Filósofos de la moral: importa valorar los actos humanos, buenos o malos. Ej. Robar es malo.
  • Distintos ámbitos de la moral:
  • La moral personal: idea de bien o de perfección moral que cada individuo forja dentro de sí, derivan exigencias morales que se expresan en normas obligatorias para el respectivo sujeto.
  • Moral social: a partir de ideas acerca lo bueno en una comunidad determinada, se expresan en un conjunto de exigencias que el grupo social dirige a sus miembros.
  • Moral de los sistemas religiosos o filosóficos:  se forma a partir del mensaje y testimonio de los fundadores de las grandes religiones o filósofos, se expresan también en máximas, principios y normas por las que rigen su conducta moral las personas que se adhieren al credo religioso o filosófico.
  • Características de las normas morales ( 3 ámbitos, arriba)
  • Moral personal:  

Son interiores, obligados por su fuero interno, no basta sólo que se adecue su conducta a la norma, sino también la moralidad de estas, sus motivos y las intenciones que el sujeto tuvo al actuar.

Son autónomas: provienen de la propia conciencia del sujeto, por lo que representan la sujeción a un querer propio.

Son unilaterales: representan deberes que un sujeto admite frente a sí mismo, y no le confieren a otro sujeto la facultad de exigir su cumplimiento.

Son incoercibles: no existe la posibilidad de usar la fuerza socialmente organizada.

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