LAS DIRECTRICES PARA CURSOS DE ACTUALIZACIÓN – GUÍAS DE TURISMO
Enviado por Anibal Fuentes Moreno • 27 de Junio de 2017 • Apuntes • 1.557 Palabras (7 Páginas) • 176 Visitas
DIRECTRICES PARA CURSOS DE ACTUALIZACIÓN – GUÍAS DE TURISMO
Fecha: 18 de enero de 2017.
Responsable: Julio Hans Ocaña Jara, Dirección de Calidad y Capacitación Técnica
Antecedentes:
El pasado 24 de mayo de 2016, se publicó en Registro Oficial No. 761, el Acuerdo Interministerial Nro. 20160001 cuyo contenido versa sobre el Reglamento de Guianza turística. Dentro de éste, se establece en el artículo 30, lo siguiente:
“Art. 30.- De los cursos de actualización.- La Autoridad Nacional de Turismo conjuntamente con la Autoridad Ambiental Nacional serán las responsables de planificar y acreditar los cursos de actualización para los guías especializados de patrimonio turístico y guías locales del PANE. Para este efecto, las Autoridades reconocerán los cursos de actualización dictados directamente o por medio de las instituciones de educación superior y/o por las instituciones debidamente acreditadas por la entidad nacional competente.
Para la realización de los cursos de actualización, la Autoridad Nacional de Turismo en coordinación con la Autoridad Ambiental Nacional, determinarán la temática y de ser el caso los contenidos de los cursos específicos, donde se establecerán mecanismos de evaluación, presencial y/o virtual.
Directrices:
Se requiere establecer directrices para la aplicación de lo establecido en el artículo 30 del reglamento de guianza turística. A continuación se presentan las principales directrices:
Directriz No. 1: Coordinación entre MINTUR y MAE
- La planificación de cursos de actualización para guías especializados de patrimonio turístico y guías locales del PANE deben ser desarrollados por MINTUR y MAE a través de reuniones de trabajo, con los respaldos de ayudas memorias y documentos técnicos producidos por las dos instituciones. Para ello se deberá identificar las necesidades de capacitación de los guías en las áreas protegidas del PANE a nivel nacional.
- Las propuestas de cursos de actualización presentadas por Instituciones de Educación Superior u operadores de capacitación acreditados por SENESCYT y SETEC respectivamente, serán analizados y evaluados por MINTUR y MAE, con la finalidad de emitir criterio técnico para emitir un aval técnico que acredite la validez y pertinencia del curso de actualización.
- Cada institución (MINTUR y MAE) deberá delegar un funcionario técnico responsable por Coordinación Zonal que participará en la planificación, análisis y evaluación de los cursos de actualización desarrollados por las dos instituciones o que sean presentados como propuestas a ser ejecutadas por Instituciones de Educación Superior u operadores de Capacitación.
- Los formatos para planificación de cursos de actualización, así como ayudas memorias e informes serán proporcionados por la Dirección de Calidad y Capacitación Técnica de MINTUR Planta Central; así como los criterios técnicos para analizar y evaluar las propuestas de cursos presentadas por diferentes entidades.
Directriz No. 2: Reconocimiento de cursos de actualización
- En el caso de capacitaciones virtuales / presenciales que sean dictadas por funcionarios técnicos de MINTUR y MAE, en relación a sus propias competencias y responsabilidades, no será necesario coordinar entre las dos instituciones, ya que forma parte de su naturaleza y capacidades técnicas. No será necesario la generación de un informe de reconocimiento.
- En el caso de cursos de actualización propuestos por “instituciones de educación superior y/o por las instituciones debidamente acreditadas por la entidad nacional competente”, se deberá considerar las políticas de avales técnicos de capacitación que ha implementado el Ministerio de Turismo. (ver documento)
- Adicionalmente, se deberán considerar los siguientes parámetros técnicos para que proceda el reconocimiento:
- Temáticas propuestas: generales (Liderazgo, Manejo de grupos, Manejo de conflictos, atención al cliente, entre otros) y especializadas en patrimonio natural o cultural (aviturismo, orquídeas, observación de ballenas, arqueología, centros históricos, entre otras).
- Número mínimo de horas por temática: 16
- Contenido de curso: presentado en formato facilitado por Ministerio de Turismo
- Los cursos deberán ser de aprobación, mas no de participación
- Calidad de facilitador / instructor: formación profesional y experiencia de al menos 3 años en la temática.
- Mecanismo de evaluación a aplicar (presencial, virtual, practico, teórico)
- Documentación legal de la empresa: RUC, Constitución de la institución Nombramiento del representante legal.
NOTA: En el caso de empresas turísticas u organizaciones que no cuenten con acreditación nacional de SENESCYT o SETEC, podrán presentar propuestas de cursos de actualización que sean dictadas por personas naturales con la certificación del Ministerio de Trabajo como facilitadores, o a través de instituciones reconocidas por SENESCYT o SETEC.
- Los resultados del reconocimiento serán presentados en un informe técnico cuya estructura se compone de 4 apartados: (1) Antecedente, (2) Objetivo, (3) Análisis técnico y (4) Resultado (incluye recomendaciones).
Directriz No. 3: Determinación de temáticas y contenidos
- Las temáticas identificadas a nivel nacional se sustentará en un diagnóstico de necesidades levantadas en la actualidad con los guías de turismo, para lo cual se aplicará el formato elaborado por el MINTUR.
- Los contenidos serán estructurados en Unidades o Módulos, con temas y subtemas y definición de resultados de aprendizaje esperados por cada unidad o módulo.
- Los contenidos deberán estar sustentados con bibliografía que respalde la información a ser impartida en los cursos.
- Los contenidos deberán estar actualizados y serán de interés para los guías de turismo
Directriz No. 4: Mecanismos de evaluación (presencial o virtual)
...