LAS FUENTES DEL DERECHO
Enviado por fabian0690 • 28 de Agosto de 2012 • 475 Palabras (2 Páginas) • 391 Visitas
1.- LAS FUENTES DEL DERECHO
1.- CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN
El sistema fuentes en todo el Ordenamiento Jurídico es único y a él se
refiere el Código Civil en su art. 1.1. al señalar entre ellas “la ley, la costumbre y los
principios generales del Derecho ”.
A la hora de distinguir las diversas fuentes del Derecho , podemos hacer una
distinción entre: primarias, secundarias y aclaratorias.
2.1. Fuentes primarias
Son las que contienen y nos dan un Derecho directamente aplicable. Como fuentes
primarias se encuentran en primer lugar, la Constitución Española y las
Leyes que aprueba el poder legislativo, o los Reglamentos que dicte la Administración
(Poder Ejecutivo). Las fuentes primarias son escritas y sus caracteres son:
a) Generalidad.
Van dirigidas a una pluralidad de sujetos.
b) Publicidad.
No cabe normas secretas, han de ser publicadas en los diarios oficiales para luego
poder entrar en vigor (art. 9.3 CE).
c) Jerarquización.
Nos recuerda la existencia de normas inferiores y de otras superiores. Esto tiene
especial relevancia es cuanto a la posible modificación de una normas por otras. Las
normas de mayor rango pueden modificar, derogar o sustituir a las que le sucedan en
la escala jerárquica (una Ley puede modificar o alterar un Reglamento; un Decreto
puede alterar o modificar una Orden Ministerial). Mientras que a la inversa, las fuentes
de rango superior no pueden ser alteradas por otra de rango inferior.
d) Pervivencia hasta su derogación.
Las normas se hacen para que duren en el tiempo hasta que otra norma posterior de
igual o superior rango la derogue, modifique o sustituya. Hay casos, no obstante, en
que es la propia norma la que determina cuándo desaparecerá si se dan una
determinadas circunstancias concretas (por ejemplo, cuando se prevé que la norma en
cuestión regirá hasta determinad fecha).
d) Vocación de futuro.
Las normas regulan circunstancias presentes y futuras, hacia adelante (son
irretroactivas). Excepcionalmente pueden regular situaciones pasadas (retroactividad),
pero con los límites del art. 9 de la Constitución, esto es, sólo si así se expresa en
dichas normas o pueden ser favorables para los derechos individuales.
Conviene añadir, por último, que los Tratados Internacionales, pueden ser
considerados también como fuentes primarias, ya que tienen vigencia y rango de ley
interna cuando, previa aprobación por el Parlamento, son ratificados y publicados en
España, pasando entonces a formar parte del Ordenamiento interno.
2.2. fuentes complementarias
Las fuentes complementarias son
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