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LAS FUENTES DEL DERECHO


Enviado por   •  28 de Agosto de 2012  •  475 Palabras (2 Páginas)  •  391 Visitas

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1.- LAS FUENTES DEL DERECHO

1.- CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN

El sistema fuentes en todo el Ordenamiento Jurídico es único y a él se

refiere el Código Civil en su art. 1.1. al señalar entre ellas “la ley, la costumbre y los

principios generales del Derecho ”.

A la hora de distinguir las diversas fuentes del Derecho , podemos hacer una

distinción entre: primarias, secundarias y aclaratorias.

2.1. Fuentes primarias

Son las que contienen y nos dan un Derecho directamente aplicable. Como fuentes

primarias se encuentran en primer lugar, la Constitución Española y las

Leyes que aprueba el poder legislativo, o los Reglamentos que dicte la Administración

(Poder Ejecutivo). Las fuentes primarias son escritas y sus caracteres son:

a) Generalidad.

Van dirigidas a una pluralidad de sujetos.

b) Publicidad.

No cabe normas secretas, han de ser publicadas en los diarios oficiales para luego

poder entrar en vigor (art. 9.3 CE).

c) Jerarquización.

Nos recuerda la existencia de normas inferiores y de otras superiores. Esto tiene

especial relevancia es cuanto a la posible modificación de una normas por otras. Las

normas de mayor rango pueden modificar, derogar o sustituir a las que le sucedan en

la escala jerárquica (una Ley puede modificar o alterar un Reglamento; un Decreto

puede alterar o modificar una Orden Ministerial). Mientras que a la inversa, las fuentes

de rango superior no pueden ser alteradas por otra de rango inferior.

d) Pervivencia hasta su derogación.

Las normas se hacen para que duren en el tiempo hasta que otra norma posterior de

igual o superior rango la derogue, modifique o sustituya. Hay casos, no obstante, en

que es la propia norma la que determina cuándo desaparecerá si se dan una

determinadas circunstancias concretas (por ejemplo, cuando se prevé que la norma en

cuestión regirá hasta determinad fecha).

d) Vocación de futuro.

Las normas regulan circunstancias presentes y futuras, hacia adelante (son

irretroactivas). Excepcionalmente pueden regular situaciones pasadas (retroactividad),

pero con los límites del art. 9 de la Constitución, esto es, sólo si así se expresa en

dichas normas o pueden ser favorables para los derechos individuales.

Conviene añadir, por último, que los Tratados Internacionales, pueden ser

considerados también como fuentes primarias, ya que tienen vigencia y rango de ley

interna cuando, previa aprobación por el Parlamento, son ratificados y publicados en

España, pasando entonces a formar parte del Ordenamiento interno.

2.2. fuentes complementarias

Las fuentes complementarias son

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