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LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y SU RELACIÓN CON LA CONTRATACIÓN EN SALUD


Enviado por   •  17 de Diciembre de 2017  •  Ensayo  •  1.394 Palabras (6 Páginas)  •  376 Visitas

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LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y SU RELACIÓN CON LA CONTRATACIÓN EN SALUD

Nuestro Sistema General de Seguridad Social en Salud, está organizado de tal forma que a partir de la reglamentación y ejecución de la ley 100 de 1993, se fortaleció la descentralización administrativa de los procesos y servicios en salud permitiendo por tanto que se abriera paso a la legitimidad de la contratación pública y privada de entidades administradoras de planes de beneficio que garantizaran el acceso a los servicios de salud de todos los usuarios del sistema, teniendo en cuenta que los mismos estaban supeditados al cumplimiento del decreto 1011 de 2006  y la resolución 1441 de 2013 y 2003 de 2014 garantizando que el acceso a salud se dé a través de instituciones que estén debidamente habilitadas y cumplan las normas mínimas que exige la prestación del servicio en salud .

También encontramos que dentro de los procesos de contratación emanados a partir de la ley 80 de 1993 se rigen normas, principios y las modalidades en lo que respecta a los procesos  de contratación en cada uno de los entes sin embargo partimos que dicha ley contempla las herramientas necesarias para que los eventos de los procesos de contratación sean  dentro del abordaje  de transparencia, economía, celeridad, publicidad, responsabilidad, eficacia, eficiencia y buena fe que son los principios que la regulan a partir de la imparcialidad; aplicables al sistema de salud de Colombia y en sus contrataciones licitatorias y que en alguna medida,  son las afectaciones de la corrupción las cuales han franqueado y debilitado el sistema denotando poca credibilidad en los procesos que sin embargo deben dar continuidad evitando estrategias  que visibilicen la creación directa  hacia el control y la vigilancia evitando que se convierta la corrupción en una problemática continua.

Es preciso resaltar  que la corrupción  es una problemática  que no solo ha partido del estado sino que se ha constituido en un vicio común en todos los tipos y formas de contratación saliéndose de sus definiciones establecidas dentro de las disposiciones  generales  y la convención laboral donde está planteado realmente el objeto de la ley con todos sus fines a la hora de la contratación  y que están inmersos  en que se dé completo cumplimiento  de los cometidos estatales, se presente una  continua y eficiente  prestación de los servicios públicos lo cual relacionamos más adelante con la contratación con las EAPB debido a que hay unas disposiciones, derechos y deberes  de las entidades, con ello se presenta calidad e idoneidad.

La ley 100 (1993) establece en su artículo 153. Numeral 6. La Descentralización administrativa y determina que “La organización del Sistema General de Seguridad Social en Salud será descentralizada y de ella harán parte las direcciones seccionales, distritales y locales de salud. Las instituciones públicas del orden nacional que participen, del sistema adoptarán una estructura organizacional, de gestión y de decisiones técnicas, administrativas y financieras que fortalezca su operación descentralizada”.

No obstante, no fue hasta la entrada en vigencia de la ley 715 de 2001, donde se establecieron pautas para la administración en salud, claramente detalladas y asignadas por instituciones o actores participantes del sistema general de seguridad social en salud. Específicamente en su artículo 42 y numerales específicos. Dichos actores están establecidos bajo la normativa y cumplimiento exigido en los mismos términos de la ley para la contratación bajo los estándares en salud.

Recordemos que en cuanto a las obligaciones de la contratación en salud hay cuatro características o elementos que suponen la composición del acto obligatorio vinculado a cumplir voluntariamente con el objeto de la contratación. Aplicando estos conceptos al sector salud encontramos que: el sujeto activo da lugar a las entidades administradoras de planes de beneficio que funcionan como promotoras de los servicios de salud, en cuanto al sujeto pasivo se le da participación a los prestadores de servicios de salud debidamente registrados ante el ministerio de salud que tiene la tarea de brindar el acceso asistencial a los servicios y tecnologías en salud.

Por otra parte, el vínculo jurídico de los aseguradores y prestadores de servicios de salud podríamos determinarlo como condicional puesto que en todo momento y durante su ejecución debe brindarse naturalidad, un referente normativo de estricto cumplimiento y pertinencia para cumplir con la misión del contrato. En cuanto al objeto podemos determinar que en el sector salud corresponde a una obligación positiva u divisible puesto que de manera constante se brindan servicios de salud por niveles de atención que buscan de manera integral el mantenimiento de la salud del usuario.

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