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LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL 26.206


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2015  •  Trabajo  •  3.407 Palabras (14 Páginas)  •  343 Visitas

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2014

I.S.F.D N°45 “Julio Cortázar”

Profesora: Mekler, Monica

LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL 26.206

Alumnas:                                                                                                                                                                        Ascua, Ailin Mariel                                                                                                                                                           Berrutti, Debora Analía                                                                                                                                                            Peralta, Andrea Noemí

 


LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL 26.206

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS:

Artículo 1°: Está ley normaliza el ejercicio de enseñar y aprender, establecido ya en la constitución Nacional y en tratados internacionales , dando dicha atribución al Honorable Congreso de la Nación.

Artículo 2°: El Estado garantiza la educación  ya que es un derecho personal y un bien público.

Artículo 3°: La educación es prioridad de la Nación y en materia política es un pilar elemental para construir una sociedad justa. Reafirma la soberanía e identidad nacional.

Artículo 4°: El Estado Nacional, las Provincias y la CABA se responsabilizan de proveer educación integral, garantiza a todos los habitantes de la Nación la igualdad, gratitud y equidad de este derecho a través de las organizaciones sociales y las familias.

Artículo 5°: Fija una política y controla que ésta se cumpla, respetando las particularidades provinciales y locales y así fortalecer y consolidar la unidad nacional.

Artículo 6°: Garantiza el ejercicio del derecho de enseñar y aprender. Siendo responsable  de las acciones educativas El Estado Nacional, las provincias y la CABA  incluyendo a todas las organizaciones de la sociedad y la familia; como agente natural y primario.

Artículo 7°: Todos los ciudadanos tienen derecho al conocimiento e información para utilizarlos en procesos de desarrollo económico y justicia social.

Artículo 8°: La educación dará la oportunidad a todos para que puedan formarse de manera integral como personas de bien, basado en los valores del bien común (libertad, paz, solidaridad, igualdad, responsabilidad, etc.).

Artículo 9°: El Estado financiará el Sistema Educativo Nacional, conforme a  la ley n° 26.075, la misma no debe ser inferior al seis por ciento (6%) del Producto Interno Bruto (PBI).

Artículo 10: El Estado evitará que le educación se comercialice.

Breve síntesis de estos capítulos:

El Estado debe garantizar, fijar, controlar, reafirmar, financiar y fortalecer el derecho a la educación de la sociedad (de todas las personas) brindando la igualdad, la gratuidad y la equidad en el ejercicio del mismo. Teniendo presente en todo momento que es la educación la que fortalecerá la construcción de soberanía e identidad Nacional.

La educación es un derecho y un bien social por ende no debe tener un fin lucrativo.

CAPÍTULO II

FINES Y OBJETIVOS DE LA POLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL:

Artículo 11: Fines y objetivos de la política educación son:

Asegurar, garantizar y brindar una educación de manera tal que sea igualitaria, sin diferencias sociales. Con tendencia a fortalecer y formar una identidad ciudadana  comprometida con los valores éticos y democráticos basados en el respeto y la inclusión.

El Estado se compromete a satisfacer las necesidades educativas y cumplir en todo sentido, con los fines y objetivos de la Educación Nacional. Respetando a los pueblos indígenas, su cultura, y la integración de los mismos.

Todos los ciudadanos tienen acceso a la educación, ya que es  gratuita y no hace diferencia de ninguna índole. Comprometiendo a la sociedad a promover estos valores, para fortalecer la política educativa.

TÍTULO II

EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES:

Artículo12: El Estado Nacional crea y financia las Universidades Nacionales.

Artículo 13: El Estado Nacional, Las Provincias y la CABA autorizan el funcionamiento de instituciones de gestión privada.

Artículo 14: El Estado regula a las acciones y servicios del sistema Educativo Nacional.

Artículo 15: La estructura del Sistema Educativo Nacional deberá estar  unificada en todo el país, para asegurar un ordenamiento  organizado que articule todos los niveles y modalidades de la educación. Dando validez nacional a los títulos y certificados.

Artículo 16: Establece la obligatoriedad de la escolaridad desde los 5 años hasta finalizar el secundario.

Artículo 17: El sistema Educativo Nacional comprende 4 niveles (Ed. Inicial, Ed. Primaria, Ed. Secundaria y Ed. Superior) y 8 modalidades (Ed. Técnico Profesional, Ed. Artística, Ed. Especial, Ed. Permanente de jóvenes y adultos, Ed. Rural, Ed. Intercultural Bilingüe, Ed. En contexto de Privación de la Libertad y  la Ed. Domiciliaria y Hospitalaria).

Breve síntesis de estos capítulos:

El Estado financia a las Universidades Nacionales y regula al Sistema Educativo Nacional, el cual tendrá una estructura unificada y así asegurar la validez nacional  de los títulos y certificados.

De esta manera El Estado controlará al sistema educativo, que está compuesto por 4 niveles y 8 modalidades, prevaleciendo ante todo la obligatoriedad escolar, desde la educación inicial hasta la secundaria.

Se pone énfasis a todos estos capítulos sin olvidar que es un derecho de todos los ciudadanos, que está respaldado por El Estado, el cual brinda posibilidades y las herramientas necesarias para alcanzar los resultados deseados.

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