LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL 26.206
Enviado por Andrea Peralta • 12 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 3.407 Palabras (14 Páginas) • 343 Visitas
2014 | |
I.S.F.D N°45 “Julio Cortázar” Profesora: Mekler, Monica |
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL 26.206 |
Alumnas: Ascua, Ailin Mariel Berrutti, Debora Analía Peralta, Andrea Noemí |
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL 26.206
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS:
Artículo 1°: Está ley normaliza el ejercicio de enseñar y aprender, establecido ya en la constitución Nacional y en tratados internacionales , dando dicha atribución al Honorable Congreso de la Nación.
Artículo 2°: El Estado garantiza la educación ya que es un derecho personal y un bien público.
Artículo 3°: La educación es prioridad de la Nación y en materia política es un pilar elemental para construir una sociedad justa. Reafirma la soberanía e identidad nacional.
Artículo 4°: El Estado Nacional, las Provincias y la CABA se responsabilizan de proveer educación integral, garantiza a todos los habitantes de la Nación la igualdad, gratitud y equidad de este derecho a través de las organizaciones sociales y las familias.
Artículo 5°: Fija una política y controla que ésta se cumpla, respetando las particularidades provinciales y locales y así fortalecer y consolidar la unidad nacional.
Artículo 6°: Garantiza el ejercicio del derecho de enseñar y aprender. Siendo responsable de las acciones educativas El Estado Nacional, las provincias y la CABA incluyendo a todas las organizaciones de la sociedad y la familia; como agente natural y primario.
Artículo 7°: Todos los ciudadanos tienen derecho al conocimiento e información para utilizarlos en procesos de desarrollo económico y justicia social.
Artículo 8°: La educación dará la oportunidad a todos para que puedan formarse de manera integral como personas de bien, basado en los valores del bien común (libertad, paz, solidaridad, igualdad, responsabilidad, etc.).
Artículo 9°: El Estado financiará el Sistema Educativo Nacional, conforme a la ley n° 26.075, la misma no debe ser inferior al seis por ciento (6%) del Producto Interno Bruto (PBI).
Artículo 10: El Estado evitará que le educación se comercialice.
Breve síntesis de estos capítulos:
El Estado debe garantizar, fijar, controlar, reafirmar, financiar y fortalecer el derecho a la educación de la sociedad (de todas las personas) brindando la igualdad, la gratuidad y la equidad en el ejercicio del mismo. Teniendo presente en todo momento que es la educación la que fortalecerá la construcción de soberanía e identidad Nacional.
La educación es un derecho y un bien social por ende no debe tener un fin lucrativo.
CAPÍTULO II
FINES Y OBJETIVOS DE LA POLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL:
Artículo 11: Fines y objetivos de la política educación son:
Asegurar, garantizar y brindar una educación de manera tal que sea igualitaria, sin diferencias sociales. Con tendencia a fortalecer y formar una identidad ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos basados en el respeto y la inclusión.
El Estado se compromete a satisfacer las necesidades educativas y cumplir en todo sentido, con los fines y objetivos de la Educación Nacional. Respetando a los pueblos indígenas, su cultura, y la integración de los mismos.
Todos los ciudadanos tienen acceso a la educación, ya que es gratuita y no hace diferencia de ninguna índole. Comprometiendo a la sociedad a promover estos valores, para fortalecer la política educativa.
TÍTULO II
EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES:
Artículo12: El Estado Nacional crea y financia las Universidades Nacionales.
Artículo 13: El Estado Nacional, Las Provincias y la CABA autorizan el funcionamiento de instituciones de gestión privada.
Artículo 14: El Estado regula a las acciones y servicios del sistema Educativo Nacional.
Artículo 15: La estructura del Sistema Educativo Nacional deberá estar unificada en todo el país, para asegurar un ordenamiento organizado que articule todos los niveles y modalidades de la educación. Dando validez nacional a los títulos y certificados.
Artículo 16: Establece la obligatoriedad de la escolaridad desde los 5 años hasta finalizar el secundario.
Artículo 17: El sistema Educativo Nacional comprende 4 niveles (Ed. Inicial, Ed. Primaria, Ed. Secundaria y Ed. Superior) y 8 modalidades (Ed. Técnico Profesional, Ed. Artística, Ed. Especial, Ed. Permanente de jóvenes y adultos, Ed. Rural, Ed. Intercultural Bilingüe, Ed. En contexto de Privación de la Libertad y la Ed. Domiciliaria y Hospitalaria).
Breve síntesis de estos capítulos:
El Estado financia a las Universidades Nacionales y regula al Sistema Educativo Nacional, el cual tendrá una estructura unificada y así asegurar la validez nacional de los títulos y certificados.
De esta manera El Estado controlará al sistema educativo, que está compuesto por 4 niveles y 8 modalidades, prevaleciendo ante todo la obligatoriedad escolar, desde la educación inicial hasta la secundaria.
Se pone énfasis a todos estos capítulos sin olvidar que es un derecho de todos los ciudadanos, que está respaldado por El Estado, el cual brinda posibilidades y las herramientas necesarias para alcanzar los resultados deseados.
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