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LEY DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA


Enviado por   •  8 de Mayo de 2012  •  1.602 Palabras (7 Páginas)  •  620 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (Ley de Dependencia), crea un nuevo derecho subjetivo de ciudadanía en el estado español: el derecho de las personas que no pueden valerse por sí mismas, en particular, personas mayores y personas con discapacidad, a recibir la atención necesaria por parte de los poderes públicos. Asimismo la Ley crea el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) que, sustentando en el respeto al marco competencial establecido constitucional y estatutariamente, sirve de cauce para la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas intervinientes y para la optimización de los recursos públicos y privados disponibles.

El objeto de esta Ley es regular las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas.

¿Cuáles son los objetivos básicos de las prestaciones de dependencia? (Artículo 13 de la Ley)

* Facilitar la existencia autónoma de la persona, todo el tiempo que desee y sea posible, en su medio habitual.

* Proporcionar a la persona en situación de dependencia un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad.

Para poder comprender esta Ley primero debemos de tener claro dos de los conceptos en los que esta se basa:

¿QUÉ ES AUTONOMIA PERSONAL? La ley lo define como la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

¿QUÉ SON ACTIVIDADES BÁSICAS? Son las tareas más elementales de la persona, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, el reconocer personas y objetos, orientarse, entender y realizar tareas sencillas, etc.

¿Quién puede beneficiarse de la Ley de Dependencia? REQUISITOS BENEFICIARIOS (art. 5)

 Ser español.

 Residir en territorio nacional

 Ser declarado “dependiente” por el órgano evaluador de la Comunidad Autónoma correspondiente.

 Las personas que, aun reuniendo los requisitos anteriores, no tengan la nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/200, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

 La ley no establece un mínimo o máximo de edad para recibir las ayudas. No obstante, existen requisitos especiales para los menores de 3 años.

¿De qué tipo de prestaciones se podrán beneficiar las personas con dependencia? PRESTACIONES (art.14)

- Directamente una serie de servicios, prestados a través de la oferta pública de la Red de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, mediante centros y servicios públicos o privados concertados

-De no ser posible la atención mediante un servicio, se podrá recibir una prestación económica, de carácter periódico. Deberá estar vinculada a la adquisición de un servicio que se determine adecuado para las necesidades de la persona beneficiaria. La cuantía de la prestación estará en relación con el grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario.

- Con carácter excepcional, se podrá recibir una prestación económica para ser atendido por cuidadores no profesionales, como pueden ser los familiares de la persona dependiente.

¿ De que servicios se podrá beneficiar la persona declarada dependiente? Catálogo de Servicios del Sistema. (art 15)

1. Servicios de Prevención de las situaciones de dependencia

2. Servicio de Teleasistencia

3. SAD, lo que incluye:

 Atención de las necesidades del hogar

 Cuidados personales

4. Servicio de Centro de Día y Noche, que puede ser:

 Centro de Día para mayores

 Centro de Día para menores de 65 años

 Centro de Día de atención especializada

 Centro de Noche

5. Servicio de Atención Residencial, que comprende:

 Residencias de personas mayores en situación de dependencia

 Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad

Incompatibilidades

• El servicio de Atención Residencial permanente será incompatible con el servicio de Teleasistencia, con el servicio de ayuda a Domicilio y con el de Centro de Noche. En los demás servicios se estará a lo dispuesto en la normativa de las Comunidades Autónomas o Administración que, en su caso, tenga la competencia.

¿ De que prestaciones económicas se pueden beneficiar las personas dependientes?

1. PRESTACIÓN ECONÓMICA PARA CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR Y APOYO A CUIDADORES NO PROFESIONALES (art 18). Este tipo de prestación se concederá cuando la persona dependiente esté atendida en su entorno familiar. El cuidador de la persona dependiente deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y deberá seguir las acciones de apoyo promovidas por los cuidadores no profesionales.

2. PRESTACIÓN ECONÓMICA VINCULADA AL SERVICIO (art 17). La recibirán aquellas personas

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