LEY REGULADORA DEL EJERCICIO DE LA CONTADURIA
Enviado por gio182emmita • 6 de Abril de 2014 • Informe • 272 Palabras (2 Páginas) • 261 Visitas
LEY REGULADORA DEL EJERCICIO DE LA CONTADURIA
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DECRETO No. 828
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA
REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Código de Comercio, una ley especial regulará el funcionamiento del Consejo
de Vigilancia de la Contaduría Pública y Auditoría y el ejercicio de la profesión que supervisa;
Que dentro de la modernización de las funciones del Estado, existe la posibilidad que
determinados profesionales ejerzan ciertas func
iones publicas cuya vigilancia sea debidamente
supervisada y colaborar de esta manera con los fines del Estado en distintas áreas;
Que no existe una ley que regule el funcionamiento del mencionado Consejo, por lo que se hace
imperativo emitir ese instrumento legal, a fin de
establecer las regulaciones y responsabilidades
fundamentales de los contadores públicos, y la normativa básica para los Contadores, así como los
procedimientos de vigilancia para los que ejercen la Contaduría;
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio
de los Ministros de Economía y de Hacienda, y de los diputados Julio Antonio Gamero Quintanilla,
Julio Eduardo Moreno Niños, Alejandro Dagoberto Marroquín, José Mauricio Quinteros, Jorge
Alberto Villacorta, Lorena Guadalupe Peña, Alejandro Rivera, Gerson Martínez, Kirio Waldo
Salgado Mina, René Aguiluz Carranza, Donal Ricardo Calderón Lam, Humberto Centeno, Mariela
Peña Pinto y Gerardo Antonio Suvillaga.
DECRETA, la siguiente:
LEY REGULADORA DEL EJERCICIO DE LA CONTADURIA
TITULO I
CAPITULO I
DE LA PROFESION DE LA CONTADURIA
PUBLICA Y DE LA AUDITORIA DE LOS
CONTADORES PUBLICOS Y DE LA FUNCION DE AUDITORIA
Art.1. La presente ley tiene por objeto, regular el ej
ercicio de la profesión de la Contaduría Pública,
la función de la Auditoría, y los derechos y ob
ligaciones de las personas
naturales o jurídicas que
las ejerzan.
Para efectos de esta ley, deberá entenderse como:
CONTADURIA PUBLICA: una profesión especial
izada de la contabilidad, sobre aspectos
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