LEYES APLICABLES EN MATERIA DE DELINCUENCIA ORGANIZADA
Enviado por LuAnXross • 8 de Enero de 2014 • 1.841 Palabras (8 Páginas) • 511 Visitas
LEYES APLICABLES EN MATERIA DE DELINCUENCIA ORGANIZADA
Edrá autorizar que se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.
La ley establecerá beneficios a favor del inculpado, procesado o sentenciado que preste ayuda eficaz para la investigación y persecución de delitos en materia de delincuencia organizada;
Apartado C. De los derechos de la víctima o del ofendido:
V. Al resguardo de su identidad y otros datos personales en los siguientes casos: cuando sean menores de edad; cuando se trate de delitos de violación, secuestro o delincuencia organizada; y cuando a juicio del juzgador sea necesario para su protección, salvaguardando en todo caso los derechos de la defensa.
ARTÍCULO 22:
En el caso de extinción de dominio se establecerá un procedimiento que se regirá por las siguientes reglas:
I….,
II. Procederá en los casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas, respecto de todos los bienes concernientes a la actividad delictiva.
ARTÍCULO 73:
El congreso tiene facultad:
XXI. Para establecer los delitos y las faltas contra la Federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse; expedir una ley general en materia de secuestro, que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios; así como legislar en materia de delincuencia organizada.
NORMAS SECUNDARIAS.
LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
El fenómeno de la delincuencia encuentra su regulación jurídica en ésta ley.
Entró en vigencia a partir del 7 de noviembre de 1996.
Regula de manera integral dos aspectos:
a) La Delincuencia Organizada, y
b) La Política Criminal.
LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA ES UNA LEGISLACIÓN INTEGRAL:
1. POLÍTICA CRIMINAL LEGISLATIVA.
2. POLÍTICA CRIMINAL EJECUTIVA.
3. POLÍTICA CRIMINAL JUDICIAL.
1) ASPECTOS SUSTANTIVOS:
A) SE DETERMINA LA NATURALEZA Y OBJETO DE LA LEY.
Objetivo de establecer reglas para la persecución, procesamiento y sanción de los miembros de la D. O., y
Finalidad de garantizar:
1. La Seguridad Pública,
2. La Soberanía, y
3. La Seguridad Nacional.
B) DESCRIPCIÓN DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, PRECISANDO SUS RASGOS CARACTERÍSTICOS Y LOS DELITOS CON LOS QUE SE RELACIONA.
C) DETERMINACIÓN DE LOS ÁMBITOS ESPACIAL Y PERSONAL DE APLICACIÓN DE LA LEY EN TODA LA REPÚBLICA.
D) PUNIBILIDAD PARA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA:
Según los grados de participación en la Organización Delictiva.
Quienes tienen facultades de decisión,
Ejecutores,
Colaboradores,
Servidores Públicos, etc.
E) AUMENTO DE LOS PLAZOS PARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PRETENSIÓN PUNITIVA Y DE LA POTESTAD DE EJECUTAR PENAS.
2) ASPECTOS PROCESALES:
A) COMPETENCIA:
Le corresponde al Ministerio Público y Autoridades Federales la investigación de delitos concernientes a la D.O., también pueden ejercer la facultad de atracción en delitos del fuero común.
B) ARRAIGO DOMICILIARIO.
Siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, protección de personas, de bienes jurídicos o exista el riesgo de evasión.
De 40 hasta 80 días.
C) CONFIDENCIALIDAD DE LAS ACTUACIONES EN LAS AVERIGUACIONES PREVIAS.
Se establece que únicamente el indiciado y su defensor pueden tener acceso a las actuaciones.
D) REMISIÓN PARCIAL O TOTAL DE LA PENA POR COLABORACIÓN DE MIEMBROS DE LA D.O. (PLAN BARGAIN O COOPERACIÓN DE SOPLONES).
Reducción de las penas hasta en tres quintas partes.
E) SISTEMA DE RECOMPENSAS POR INFORMACIÓN VALIDADA Y EFECTIVA.
F) PROTECCIÓN A TESTIGOS CLAVES Y RESERVA DE SU IDENTIDAD.
G) INVESTIGACIÓN ENCUBIERTA Y TOLERANCIA TEMPORAL A CIERTAS PRÁCTICAS DELICTIVAS CON FINES DE INVESTIGACIÓN.
H) INTERVENCIÓN DE COMUNICACIONES TELEFÓNICAS Y VIGILANCIA ELECTRÓNICA, CON AUTORIZACIÓN JUDICIAL.
I) CREACIÓN DE LA “UNIDAD ESPECIALIZADA” PARA ENFRENTAR A LA D.O. INTEGRADA POR AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO Y POLICÍAS FEDERALES.
a. CENTRO DE INTELIGENCIA,
b. INFORMACIÓN, Y
c. ESTADÍSTICA ESPECIALIZADA.
SEIDO-SUBPROCURADURÍA DE INVESTIGACIÓN ESPECIALIZADA CONTRA L A DELINCUENCIA ORGANIZADA.
Es una dependencia de la Procuraduría General de la República, la cual coordina fuerzas policíacas federales en la lucha contra la delincuencia organizada. Sus funciones incluyen la investigación de actividades de crimen organizado, y entablar acción judicial contra sus miembros.
PARA UN MEJOR FUNCIONAMIENTO, LA SIEDO SE ENCUENTRA DIVIDIDA EN LAS UNIDADES ESPECIALES SIGUIENTES.
1.-Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud
2.- Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas.
3.-Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
4.- Unidad Especializada en Investigación de Secuestros
5.- Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Órganos.
6.- Unidad Especializada en Investigación de Asalto y Robo de Vehículos.
J) ASEGURAMIENTO, USO Y APROVECHAMIENTO DE INSTRUMENTOS Y OBJETOS DEL DELITO.
K) LA COMPETENCIA DE LOS JUECES Y DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS RESPECTO DE LOS MIEMBROS DE LAS ORGANIZACIONES CRIMINALES MÁS PELIGROSAS.
L) VALOR PROBATORIO DE DILIGENCIAS MINISTERIALES E IMPORTANCIA DE LA IMPUTACIÓN QUE HICIERAN LOS PARTICIPANTES EN EL HECHO.
M) VALORACIÓN LEGAL COMO PRUEBA LLAMADA “DOCUMENTAL” PRIVADA DE LAS GRABACIONES, TELEFAXES O CUALQUIER OTRO DATO O INFORME IMPRESO (previa valoración de la prueba).
N) IMPUGNACIÓN DE SENTENCIAS ABSOLUTORIAS DEFINITIVAS, CUANDO A JUICIO DEL M.P. ESAS RESOLUCIONES CAUSARAN AGRAVIOS A LOS INTERESES JURÍDICOS DE LA SOCIEDAD.
O) RECLUSIÓN SEPARADA DE MIEMBROS DE LAS ORGANIZACIONES CRIMINALES Y PROCESADOS O SENTENCIADOS QUE COLABORARAN EN LA PERSECUCIÓN Y PROCEDIMIENTO DE AQUELLOS.
P) NO CONCESIÓN DE BENEFICIOS PENITENCIARIOS A LOS MIEMBROS O COLABORADORES DE ORGANIZACIONES CRIMINALES.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
...