LOS PLANES DE IGUALDAD COMO OBLIGACION EMPRESARIAL GEMMA FABREGAT MONFORT
Enviado por eizubarre • 7 de Febrero de 2015 • 1.491 Palabras (6 Páginas) • 245 Visitas
¿Que es un plan de igualdad?
Es un conjunto de medidas pertenecientes a un todo, es decir, con unidad y coherencia interna. Que se toman tras realizar un diagnóstico de la situación concreta de la empresa. En este diagnóstico se deveran detectar los puntos de discriminación y su objetivo sera erradicarlos, para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. El plan se debera adoptar de foma colectiva, y negociar con los representantes de los y las trabajadores/as en los terminos de la legislación, o en cualquier caso materia de consulta con los representantes de la plantilla.
¿En que empresas se debe adoptar?
Hay tres supuestos en los que se debe aplicar:
1. Las empresas que esten obligadas por la autoridad laboral por haber incumplido reiteradamente la obligación de no discriminar. En estos casos la ley permite cambiar al sanción por la imposición de adoptar un plan de igualdad. Este plan se debera negociar con los representantes de la plantilla. Se puede adoptar de tres formas
1. Siendo el resultado de la negociación con los representantes de la plantilla.
2. Sin acuerdo entre las partes pero si con consulta previa a estos.
3. Sin consulta por falta de representantes.
2. Las empresas que tienen más de 250 trabajadores/as.
1. Es indiferente que los 250 trabajadores esten en un solo centro o esten repartidos en varios centros.
2. La ley no diferencia entre temporales o indefinidos, por ello la contratación eventual debería estar incluida en el computo de los 250 trabajadores. Esta eventualidad podría ser fraudulenta con lo que debería contar como indefinida y aunque no fuese fraudulenta que en ciertos momentos se llegue a este número no puede ser excusa para no tener un plan sino todo lo contrario.
3. Las empresas que esten obligadas convencionalmente.
4. Las empresas que lo adopten voluntariamente.
1. Siendo el resultado de la negociación con los representantes de la plantilla.
2. Sin acuerdo entre las partes pero si con consulta previa a estos.
3. Sin consulta por falta de representantes
¿En que momento concreto se adopta un plan de ingualdad?
1. En el caso de empresas de más de 250 trabajadores/as en el momento en el que se denuncie el convenio tras la entrada en vigor de la LOI.
2. En el caso que sea obligación convencional existen dos casuisticas:
1. Que la igualdad se vaya a garantizar mediante otro mecanismo que no sea un plan de igualdad. En este caso el momento sera en el que se denuncie el convenio tras la entrada en vigor de la LOI.
2. Adoptar un plan de igualdad, en este caso el momento tambien sera en el que se negocie un nuevo convenio, evidentemente, tras la entrada en vigor de la LOI.
3. Voluntariamente, en este caso como no existe obligatoriedad se puede adoptar en cualquier momento.
4. En sustitución de una sanción. En este caso cuando la autoridad laboral así lo determine y en el plazo que ésta lo establezca.
¿Que fases tiene un plan de igualdad?
1. El diagnóstico de la situación.
En este diagnóstico es importante prestar atención a los tres tipos de discriminación:
1. La discriminación directa. Tratamientos diferenciadores y perjudiciales hacia un colectivo o adaptados hacia una persona por el simple hecho de su pertenencia a un determinado colectivo.
2. La discriminación indirecta. Todas aquellas actuaciones que, pese a su aparente nuetralidad, generan un efecto adverso sobre los mienbros de un determinado colectivo sin justificación razonable. Siendo irrelevante la intencionalidad con la que se hayan adoptado.
3. La discriminación social. La causa fundamental de la segregación por genero que presenta el mercado laboral, que se aprecia desde una perspectiva horizontal y vertical.
2. El diseño del plan.
1. Objetivos a alcanzar. Tras el diagnóstico debe concretarse los “deberes” que deben llevarse a cabo para conseguir garantizar la verdadera igualdad de oportunidades o una igualdad de trato real y material.
2. Las estrategias a llevar a cabo son un conjunto de medidas que deben contemplarse en el propio plan de igualda para lograr los objetivos establecidos y lograr la igualdad desde una perspectiva tanto material y no solo formal. Estas estrategias deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Deben tener una prespectiva global.
2. Deben respetar el criterio de adecuabilidad e idoneidad.
3. No podran contradecir los principios de mérito y capacidad de acceso.
4. Deben responder a un fin promocional.
5. Deben tener un carácter temporal.
6. Deben ser razonables y proporcionales.
3. El seguimiento y evaluación se puede realizar de diferentes modos.
1. Un sistema de seguimiento
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